Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Noviembre de 2003, número de resolución KLAN0301029

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0301029
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2003

LEXTCA20031106-06 Lebron Cortes v. ELA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV- AGUADILLA/MAYAGUEZ

DAVID LEBRON CORTES, ET ALS Demandante-Apelante Vs. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR; RAFAEL CORDERO Y COMPAÑIA; ASEGURADORA X; Demandado-Apelado KLAN0301029 Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez CIVIL NUM. IDP98-0075 SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y la Juez Feliciano Acevedo

Feliciano Acevedo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 06 de noviembre de 2003.

El pasado 10 de junio de 2003 el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez (TPI), declaró con lugar la demanda sobre daños y perjuicios presentada contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (E.L.A.) y Rafael Cordero Vega por David Lebrón Cortés y Aixa Hernández Hernández (en adelante los apelantes). Insatisfechos con la cuantía de los daños determinada por el TPI, apelan ante nos dicho aspecto de la sentencia antes referida.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes apeladas, el E.L.A., por conducto del Procurador General; y Rafael Cordero Vega, resolvemos, no sin antes exponer el trasfondo fáctico y procesal pertinente al recurso.

I.

Los apelantes presentaron demanda contra el E.L.A. y el Sr. Cordero Vega el 27 de febrero de 1998 alegando en síntesis que el Sr. Lebrón Cortés fue objeto de hostigamiento sexual en el empleo. Luego de varios incidentes procesales, el foro de instancia celebró juicio en su fondo en el cual desfiló prueba testifical, pericial y documental sobre las alegaciones. Con ello, el TPI dictó sentencia, cuyas determinaciones de hechos no son cuestionadas por las partes, por lo cual, hacemos a continuación una sinopsis de éstas.

El Sr. Lebrón Cortés laboraba como oficial de custodia de la Administración de Corrección del E.L.A. desde el 19 de diciembre de 1994. Su lugar de trabajo era el Campamento Limón en Mayagüez y su supervisor inmediato era el Sr. Cordero Vega. En el año 1996, el Sr. Cordero Vega indicó al apelante que gozaba de relaciones con personas poderosas dentro del Gobierno de Puerto Rico, la Fortaleza y la Administración de Corrección. Para el mes de septiembre de 1996 y haciéndose valer de la posición que ocupaba, y de sus alegadas influencias en las altas esferas del Gobierno, bajo amenaza de despido y o traslado, el apelado obligó a su supervisado a acceder a sus requerimientos sexuales. El apelado obligó al apelante, en una docena de veces y por varios meses, a tocarle sus genitales, sostener relaciones sexuales orales y masturbarle. Además, el apelado masturbó al apelante, le tocó sus nalgas y le acariciaba.

Asimismo, el apelado acosaba constantemente al apelante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR