Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Noviembre de 2003, número de resolución KLAN0200583

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0200583
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2003

LEXTCA20031126-09 Pueblo v. Rivera Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AIBONITO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. ANTONIO RIVERA RODRÍGUEZ Apelante KLAN0200583 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito BVI2001G0005

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Aponte Hernández y la Jueza Pabón Charneco.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 26 de noviembre de 2003.

-I-

El apelante, Antonio Rivera Rodríguez, solicita la revocación de una sentencia dictada el 20 de mayo de 2002 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito en el procedimiento seguido contra el apelante ante dicho foro por asesinato en primer grado, 33 L.P.R.A. secs. 4002 y 4003, y violación al art. 4 de la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 L.P.R.A. sec. 414, por portación de un arma blanca.

Los cargos estaban relacionados a hechos ocurridos el 26 de julio de 2000 en el Barrio Piñas Arriba del Municipio de Comerío, en los que resultó muerto el joven Roberto Rodríguez Luna. Luego de un juicio por jurado el Tribunal declaró al apelante culpable de asesinato en segundo grado, 33 L.P.R.A. sec.

4002 y violación al art. 4 de la Ley de Armas de Puerto Rico.

El Tribunal impuso al apelante condenas concurrentes de cárcel de 20 años y 6 meses, respectivamente, para cada uno de los delitos mencionados.

Modificamos la sentencia dictada para rebajar la pena impuesta por el delito de asesinato en segundo grado a 18 años de prisión, la pena fija dispuesta por ley para este delito, 33 L.P.R.A. § 4003.

-II-

Según se desprende del recurso, la prueba de cargo contra el apelante consistió de las declaraciones de los testigos Ángel L. Cabrera Cruz, Alberto Rodríguez Luna, Jannette González, René Rivera Ruiz, Pedro Rivera Berríos, Ramón Enrique Rivera Vega, Venero Rodríguez Colón e Irma Rivera Díaz.

Por su parte, el apelante presentó el testimonio de Eduardo Antongorgi Ortiz.

Ángel L. Cabrera Cruz declaró que tenía 14 años de edad y cursaba su séptimo grado en los Estados Unidos. Es del Barrio Piñas Arriba de Comerío.

Relató que el 26 de julio de 2000 en horas de la tarde se encontraba en la cancha del Barrio Piñas Arriba desde las 6:00 p.m. Había un juego de volleyball y él jugaba en el equipo. A las 8:00 p.m. se encontraba en la parte de arriba de la cancha, en el área de la brea, que es el área donde se estacionan los vehículos.

Observó cuando el apelante se metió en la guagua de su primo Alberto, a rebuscar. El apelante cogió una caja de cartón pequeña que había en la guagua. El hermano de su primo, Roberto, llamó a Alberto desde un lado de la calle al otro extremo y le preguntó qué hacía Antonio buscando en la guagua. Roberto le dijo a Alberto que se llevara la guagua a casa de su mamá.

El apelante entonces fue donde Alberto y Roberto a hablarles malo. En ese momento había más de 100 personas en el lugar.

El apelante le gritó a Alberto diciéndole que era un cabrón, que si se creía que él mandaba en el barrio. Alberto se enojó y lo empujó cayendo el apelante en la parte baja de la cancha. Roberto montó a Alberto en la guagua y en eso el apelante subió de donde cayó. Subió por las escaleras de la cancha y fue para encima de Roberto.

El apelante le dio un puño a Roberto por la espalda y Alberto le da a su vez al apelante. Roberto va también para encima del apelante y se formó la pelea. Roberto y el apelante se ponen a pelear. El tío del testigo se metió y los separó. El apelante corrió a su guagua y buscó algo dentro de la guagua, pero no sacó nada y movió la guagua hacia adelante.

El testigo declaró que el apelante estaba como loco, descontrolado. La suegra del apelante estaba en el lugar. Cuando el apelante la vio corrió hacia su lado y ella, de nombre Tina, le dio una cuchilla. La sacó de su cintura y se la entregó al apelante. El testigo estaba como a cinco (5) pies de Tina.

El apelante agarró la cuchilla y comenzó a trillar a Alberto. Alberto le dio un puño al apelante y el apelante comenzó a trillar a Roberto. Roberto siguió para atrás. El apelante rozó a Roberto por el área del corazón, Roberto le aguantó la mano, pero la soltó y siguió para atrás hasta que se encontró con la guagua del apelante, que le había dejado la puerta abierta. En ese momento estaba la esposa del apelante en el lugar, Belkys, ésta le aguantó la mano a Roberto y en ese momento el apelante le tiró una puñalada a Roberto, enterrándole la cuchilla. Roberto se sacó la cuchilla, corrió unos pasos más adelante y empezó a botar sangre. En eso llegó un amigo del barrio y se lo llevó al hospital.

El apelante se fue para la cancha y el testigo se dirigió al hospital de Comerío a ver como seguía Roberto.

Al hospital llegó mucha gente, incluyendo a Tina la suegra del apelante. La gente comenzó a decir que ella fue la que le dio la cuchilla, le gritaban que ella era una asesina. Un policía se la llevó del lugar para protegerla.

El testigo señaló que pasaron como cinco a seis minutos desde que el apelante fue y movió la guagua y luego regresó con la cuchilla. Había buena iluminación en el lugar.

Como parte del contrainterrogatorio el testigo declaró que el apelante fumaba marihuana todos los días. Aceptó que en la vista preliminar no había mencionado la palabra marihuana, no se la dijo al fiscal, ni al juez. Tampoco se lo dijo a un investigador privado de nombre Eligio Negrón. Aceptó que la primera vez que mencionó la palabra marihuana fue el día del juicio.

Señaló que durante el juicio fue la primera ocasión que dijo que había visto antes al apelante en el río, sin embargo, antes había dicho que la primera vez que lo vio fue cerca de las 8:00 p.m. en el juego.

En su testimonio en algunos momentos dijo que había visto al apelante a las 8:00 p.m. en la cancha y en otros momentos declaró que estaba en la brea. A preguntas del abogado de defensa, aceptó que es imposible estar en la cancha y en la brea. Señaló, además, que a las 8:00 de la noche no estaba jugando. Aceptó que es imposible que estuviera en la cancha y viera todo lo que pasó en el área de la brea, luego dice que estaba en el cruce y que allí había como 40 personas.

La guagua de Alberto estaba en la esquina. El testigo estaba cerca a esa área. Luego declaró que no estaba tan cercano, pero que se veía todo. En la vista preliminar testificó que estaba con Alberto. Después declaró que estaba a 20 ó 25 pies de la guagua. El testigo señaló que ambas cosas son ciertas.

El apelante se metió en la guagua de Alberto y cogió una caja de 1 x 1. Todas las puertas de la guagua estaban cerradas, pero los cristales estaban abiertos. Los cristales del chofer y del pasajero del frente estaban abiertos y los cristales de atrás estaban cerrados. El apelante se metió por el lado del chofer. Luego dijo que se metió por el lado del pasajero. El apelante metió la mano y sacó la caja por el lado derecho.

Primero sacó la caja metiendo la mano y después la volvió a meter, pero abriendo la puerta. Anteriormente había declarado que el apelante se había metido en la guagua a rebuscar. Al meter la mano y sacar la caja estaba rebuscando. Eso fue una conclusión suya. El apelante miró dentro de la caja antes de meterla y que para él eso era rebuscar. A preguntas del abogado, aceptó que le dijo al agente Matos que el apelante abrió la guagua y sacó la caja, versión que no es igual a la ofrecida en el juicio.

Anteriormente el testigo había declarado que el apelante había sacado la cajita por los cristales de atrás del lado del chofer. En el juicio señaló que fue por el cristal del pasajero. Antes dijo que los cristales de atrás estaban cerrados y ahora dice que sacó la caja por los cristales de atrás.

Declaró que estaba con Alberto al lado de la guagua, pero ahora señala que no estaba al lado de Alberto cuando el apelante sacó la cajita. Menciona que Roberto estaba alejado de ese lugar en ese momento. Roberto estaba en la cancha que quedaba abajo y el área donde estaban los carros quedaba arriba. Había un talud de tierra.

Una persona que está en la cancha no puede observar lo que hay arriba donde están los carros. Era imposible que Roberto viera lo que estaba sucediendo donde estaban los carros. Luego dijo que Roberto lo había visto. Primero dijo que Roberto estaba en la cancha y después declaró que estaba en las escaleras.

Relató que Roberto le dijo a Alberto que se llevara la guagua a la casa de la mamá, que no quería a esos bandidos pegados a la guagua. El apelante se acercó a los dos y le dijo, “cabrón tu te crees que vas a mandar en el barrio.” Alberto empujó al apelante. Declaró que el empujón no fue con tanta fuerza, pero el apelante se cayó a la cancha. Luego se levantó y subió arriba a pelear. El testigo señaló que la primera persona que atacó físicamente al apelante, fue Alberto. Añadió que en el área de la acera y el área donde está el apelante había como 40 personas.

Al subir, el apelante comenzó a pelear con Roberto. Roberto llevó a Alberto hasta la guagua y lo montó en la guagua. El apelante fue donde Roberto y empezó a pelear. Alberto no se metió. A Alberto lo tenían aguantado para que no se metiera en la pelea. Un tío del testigo lo tenía aguantado (un tal Juni o José José). Roberto y el apelante pelearon por dos o tres minutos. El apelante y Alberto no pelearon.

En vista preliminar dijo que lo que había allí era una pelea. Esto lo dijo porque Alberto fue el que empujó. Alberto no se metió en la pelea porque lo tenían aguantado ya que él se quería meter. Después Juni soltó a Alberto y fue donde Roberto a separarlos. Cuando soltó a Alberto para separar a Roberto y al apelante, Alberto se quería meter. Juni fue donde Roberto y lo aguantó, en eso el apelante fue a la guagua, movió la guagua hacia adelante, salió de la guagua dejando la puerta abierta y fue donde Tina, quien le dio algo.

El testigo no sabe qué fue lo que Tina le dio...

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