Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Enero de 2004, número de resolución KLAN0201120
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0201120 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2004 |
HIRAM MARTÍNEZ CARRERO | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Subsección de Distrito, Sala de Aguada Civil Núm. ABCI200200626 Injunction Posesorio |
Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y la Juez Feliciano Acevedo.
Córdova Arone, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de enero de 2004.
El demandante, ahora apelante, Hiram Martínez Carrero, solicita que este tribunal revoque la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada, el 16 de septiembre de 2002, mediante la cual declara No ha Lugar la demanda presentada. Se ordena, además, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, que proceda de inmediato a eliminar al apelante como dueño del vehículo, marca Toyota, modelo Tercel, año 1997, tablilla COA974, Título 2289184, Registro 5234005; Serie JTZBC52L9VO248350 y figure como dueña la apelada, Gladys Martínez Lugo, en pleno dominio del referido vehículo.
La apelada queda autorizada a recuperar la unidad sin
restricciones algunas, una vez se cumpla con las leyes del Estado respecto a inspección, marbete, seguro compulsorio, etc.
Debemos señalar que días antes de radicarse la demanda la apelada presentó una Querella, bajo la Ley 140 después de haberse radicado la demanda se contestó la misma, se presentó una reconvención y solicitud de órdenes.
La parte apelada aunque ha tenido oportunidad para presentar su posición, ha optado por no hacerlo por lo que estamos en posición de resolver con el beneficio de una transcripción estipulada de fecha 4 de abril de 2003 que recoge el testimonio de todos los testigos que declararon durante la vista celebrada el 12 de septiembre de 2002.
Existen dos versiones distintas de los hechos. Primero, repasemos los hechos según lo alega el apelante.
La demanda presentada por el apelante intenta recuperar la posesión del vehículo antes descrito en posesión de la apelada por la vía de una acción de Interdicto Posesorio y Reivindicación. La disputa, como veremos, se reduce a si el apelante le regaló o donó el referido vehículo a la apelada, su ex esposa, o si fue un préstamo para que ésta pudiese ir a su trabajo.
Para respaldar su alegación de que la apelada nunca fue dueña del...
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