Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Enero de 2004, número de resolución KLAN0300054
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0300054 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2004 |
PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. CARLOS RIVERA RIVERA Apelante | KLAN0300054 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan KVI2001G0105 KPD2001G1266 Tentativa de Asesinato y Daños Agravados |
Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, y los Jueces Negroni Cintrón y Segarra Olivero
Ortiz Carrión, Juez Ponente
SENTENCIA
San Juan, Puerto Rico, a 23 de enero de 2004.
Carlos Rivera Rivera apela de una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en la cual, luego de celebrado un juicio por tribunal de derecho y emitido fallo de culpabilidad por la comisión de los delitos de Tentativa de Asesinato y Daño Agravado, se le impusieron sendas condenas de 10 y 3 años para cumplirse concurrentemente bajo el régimen de sentencia suspendida.
En su recurso Rivera Rivera señala que el tribunal apelado erró al emitir fallo de culpabilidad por los delitos de Tentativa de Asesinato y Daño Agravado.
Plantea que el Ministerio Público no presentó prueba suficiente para probar su culpabilidad por los delitos imputados, más allá de duda razonable; que la prueba testifical presentada por el Ministerio Público fue contradictoria, inconsistente y mendaz, por lo que el tribunal apelado incurrió en error manifiesto al apreciar la prueba. Por último, plantea que el tribunal apelado emitió fallos contradictorios al absolver al apelante por los cargos de amenaza por los que fue acusado y declararlo culpable por el cargo de Tentativa de Asesinato por el que fue condenado.
Antes de dilucidar los señalamientos del apelante, pasamos a hacer una breve relación de la prueba testifical presentada en el caso, según surge del proyecto de exposición narrativa de la prueba presentada por el apelante el 20 de mayo de 2003, y el cual fue aprobado por el Tribunal apelado incorporándole las objeciones del ministerio público, según consta en la minuta de 5 de junio de 2003 incluida en los autos del caso que fueron elevados a este Tribunal.
La prueba testifical en el caso de autos consistió en los testimonios de Carlos Berríos Molina (E.N.P., p. 1); Pedro Iván Molina Berríos (E.N.P., p. 4); Wanda C. Molina Berríos (E.N.P., p. 6); Alberto Bermúdez Rivera (E.N.P., p. 11) y Edwin Aquino Campos (E.N.P., p. 11-12) todos presentados por el ministerio público.
Edwin Aquino Campos declaró que para la fecha de los hechos se desempeñaba como alguacil en el Tribunal de Bayamón; que el 10 de abril de 2001 en horas de la tarde recibió una Orden de Entredicho Provisional para ser diligenciada, por lo que se dirigió al Cuartel de Cedro Arriba para que unos agentes le acompañaran a diligenciar la orden; que llegó al lugar donde iba a diligenciar la orden propiedad...
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