Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2004, número de resolución KLCE 02-0046

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE 02-0046
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Enero de 2004

LEXTCA20040130-71 Vilar v. Corp. del Fondo del Seguro del Estado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE UTUADO

ISMAEL VILAR Peticionario v. CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO Recurrido KLCE0301572 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado LDP2002-0046

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, la Jueza Hernández Torres y el Juez Martínez Torres.

Brau Ramírez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2004.

-I-

El presente recurso fue presentado ante este Tribunal el 12 de diciembre de 2003. El peticionario, Ismael Vilar, solicita la revisión de una resolución emitida el 23 de septiembre de 2003 y notificada el 16 de octubre de 2003, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado, en la demanda sobre daños y perjuicios presentada por el peticionario contra la parte recurrida, Corporación del Fondo del Seguro del Estado.

La demanda del peticionario está basada en ciertas negociaciones, supuestamente llevadas a cabo entre las partes, para la construcción por el peticionario de un edificio en Utuado. El edificio habría de estar destinado al uso de la parte recurrida, quien lo arrendaría al peticionario.

Según sus alegaciones, el peticionario invirtió en la confección de los planos y en el trámite para conseguir los permisos necesarios para la obra. Posteriormente, sin embargo, la recurrida solicitó ciertos cambios al proyecto que reducían el mismo, lo que provocó que el peticionario tuviera que repetir los gastos realizados.

A consecuencia de ello el peticionario procedió a instar la presente acción sobre daños y perjuicios contra la recurrida, solicitando compensación por los gastos realizados por él. La demanda fue presentada ante la Sala de Utuado, lugar de residencia del peticionario.

La recurrida contestó la demanda y negó las alegaciones. Además, solicitó el traslado del pleito a la Sala de San Juan, lugar en que se encuentran las oficinas principales del Fondo del Seguro del Estado y donde se suscribieron los documentos en los cuales surgía la supuesta obligación de la recurrida. El peticionario se opuso.

El 23 de septiembre de 2003, mediante la resolución recurrida, el Tribunal de Primera Instancia ordenó el traslado del pleito a la Sala de San Juan. La resolución del Tribunal fue notificada el 16 de octubre de 2003.

Ese mismo día, 16 de octubre de 2003, el...

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