Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Febrero de 2004, número de resolución KLCE0301248

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0301248
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2004

LEXTCA20040209-08 Momínguez Wolff v. Vázquez González

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

SERGIO H. DOMÍNGUEZ WOLFF Peticionario v. HAINAN VÁZQUEZ GONZÁLEZ Recurrida
KLCE0301248
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. KDI1999-1623 Sala: 706

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fiol Matta, los Jueces González Rivera y Rivera Martínez

González Rivera, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de febrero de 2004.

Mediante el presente recurso de certiorari el señor Sergio Domínguez Wolf solicita la revisión de una resolución emitida el 11 de septiembre de 2003. Mediante el dictamen recurrido el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, determinó declarar, “No Ha Lugar” una solicitud del peticionario para tasar el inmueble adjudicado en el proceso de divorcio por consentimiento mutuo seguido entre él y la recurrida, Hainan Vázquez González).

Por los fundamentos que a continuación exponemos, denegamos la expedición del auto de certiorari solicitado.

I.

Mediante sentencia de divorcio decretada por el foro de instancia el 13 de agosto de 1999 se declaró disuelto el vínculo matrimonial existente entre el peticionario, señor Domínguez y la recurrida, señora Vázquez, por la causal de consentimiento mutuo. Como parte del proceso de divorcio, las partes acordaron sobre custodia y patria potestad, relaciones paternos filiales, pensión alimentaria, bienes y deudas gananciales. Mediante dichos acuerdos, se adjudicó a la señora Vázquez el inmueble en que residió la pareja con sus tres (3) hijos, localizado en la Urbanización Caldas de Río Piedras. Las partes estipularon el valor de la propiedad en $250,000.00, incluida la hipoteca que grava la propiedad. Al adjudicarse a la señora Vázquez la propiedad, se hizo libre del pago de hipoteca. Posteriormente, al emitirse la sentencia de divorcio se otorgó la escritura de liquidación de bienes gananciales obligando al peticionario a efectuar los pagos de amortización de hipoteca hasta que la señora Vázquez dispusiera del inmueble.

Luego de presentar una solicitud de relevo de pago de pensión de ex-cónyuge y relevo de pago de hipoteca, el señor Domínguez solicitó al tribunal de instancia que ordenase la tasación del inmueble. El tribunal declaró,No Ha Lugar· dicha solicitud. Seguido el trámite procesal, el 9 de julio de 2003, el...

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