Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Febrero de 2004, número de resolución KLCE0300984

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0300984
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2004

LEXTCA20040218-15 Pueblo v. Roche

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

El Pueblo de Puerto Rico Recurrido V. Jonathan Roche Peticionario KLCE0300984 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Sobre: Infracción al Art. 166 C.P. Caso Núm.: JPD2002G0528

Panel integrado por su Presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Aponte Hernández y la Jueza Pabón Charneco

Juez Aponte Hernández, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de febrero de 2004.

El peticionario, señor Jonathan Roche, nos solicita la revocación de la resolución emitida el 7 de julio de 2003 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. Mediante la misma dicho foro revocó la libertad a prueba que le había concedido al peticionario, sin haberle celebrado la vista final.

En auxilio de jurisdicción el peticionario solicitó, además, la paralización de los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se expide el auto solicitado y se revoca la resolución recurrida.

I

En el presente caso no existe controversia sobre los hechos. Contra el peticionario se presentó acusación por violación al Artículo 166 del Código Penal (Apropiación Ilegal Agravada). Llegado el día del juicio1, el peticionario hizo alegación de culpabilidad y el Tribunal de Primera Instancia paralizó los procedimientos y le concedió el privilegio de libertad a prueba dispuesto en la Regla 247.1 de Procedimiento Criminal.

Posteriormente, mediante escritos del 26 de marzo, 3 de abril y 20 de mayo de 2003 el Ministerio Público solicitó la revocación del privilegio concedido. Alegó que el señor Roche estaba demostrando marcado desinterés en su rehabilitación, lo cual quedaba evidenciado por haber abandonado su tratamiento y por estar visitando lugares de alto riesgo en consumo de drogas y con personas de dudosa reputación. Además, que se le habían imputado nuevos delitos.

El 20 de junio de 2003 se inició el procedimiento de revocación con la celebración de vista ex-parte en la cual el Tribunal de Primera Instancia examinó el informe de la oficial sociopenal. En dicha ocasión la defensa del señor Roche renunció a la vista inicial y solicitó su consolidación con la vista final, la cual quedó señalada para el 3 de julio de 2003. En esa fecha, debido a que el señor Roche no fue traído de la institución penal2, el Tribunal reseñaló la vista final para el 7 de julio de 2003.

A la vista final de revocación de libertad a prueba comparecieron las partes, debidamente representadas, así como la Coordinadora del Programa TASC, señora Ana D. Santiago Martínez. A preguntas del Tribunal la Coordinadora de TASC informó que el señor Roche hizo alegación de culpabilidad por un delito menos grave y fue...

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