Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2004, número de resolución KLAN0300609

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0300609
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2004

LEXTCA20040315-08 Municipio de Aguadilla v. H.A.L Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

MUNICIPIO DE AGUADILLA
Apelante
v.
H.A.L., INC., VÍCTOR PÉREZ MORALES, ERIDANIA ZUSAÑA ABREU Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; NIXON PÉREZ MORALES, SOL MORALES
Apelados
KLAN0300609
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Aguadilla Civil Núm. ACD96-0042 Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y la Juez Feliciano Acevedo

Córdova Arone, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de abril de 2004.

El Municipio de Aguadilla (el Municipio), apela una sentencia dictada el 1 de abril de 2003 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, mediante la cual se declaró no ha lugar una demanda enmendada incoada por éste en contra de los accionistas de HAL, Inc. (HAL), en la que solicitaba que se descorriera el velo corporativo para que éstos respondieran con sus patrimonios personales por el pago de cierta suma de dinero que HAL le adeuda al Municipio. Confirmamos. Examinemos los hechos que originaron el recurso de marras.

I

El 11 de febrero de 1988 el Municipio otorgó la subasta núm. 87-88-4 para la administración del Parque Acuático Las Cascadas (Las Cascadas), a HAL. Desde el 6 de agosto de 1988 hasta el 30 de noviembre de 1996 HAL le arrendó al Municipio el referido inmueble.

HAL incumplió con los términos de pago estipulados en el contrato de arrendamiento. La deuda total de HAL ascendió a $3,738,377.00.

Ante la falta de pago de HAL, el 27 de septiembre de 1996 el Municipio instó en contra de ésta una demanda sobre cobro de dinero. HAL contestó la demanda y aceptó la existencia de la deuda.

El 30 de abril de 2001 el Municipio presentó una demanda enmendada para incluir a los accionistas de HAL en su carácter personal, en la que solicitó al tribunal que descorriera el velo corporativo y ordenara a éstos el pago total de la suma reclamada. Éstos no contestaron la demanda, por lo que el Tribunal de Primera Instancia les anotó la rebeldía. Luego de varios trámites, el foro apelado levantó la rebeldía.

Así las cosas, el 25 de septiembre de 2002 el foro apelado dictó sentencia parcial en contra de HAL. Condenó a ésta al pago de la suma de $3,738.377.00, por concepto de cánones de arrendamiento vencidos.

El 10 de octubre de 2002 se llevó a cabo la vista en su fondo para determinar la procedencia de la reclamación del Municipio en contra de los accionistas, bajo la figura de descorrer el velo corporativo.

Luego de aquilatar la evidencia que le fue presentada, el Tribunal de Primera Instancia dictó la sentencia apelada. Declaró no ha lugar la demanda enmendada.

No conforme...

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