Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2004, número de resolución KLCE200400303

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200400303
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución21 de Junio de 2004

LEXTCA20040621-03 Ex Parte v. Collazo Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE HUMACAO

CARLOS COLLAZO RODRÍGUEZ PALMIRA VIERA RODRIGUEZ Peticionarios Ex-parte
KLCE200400303
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Civil Núm. HDI2001-0126 Sobre: Divorcio Consentimiento Mutuo

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos, y los Jueces Colón Birriel y Escribano Medina

Colón Birriel, Juez

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2004.

-I-

Carlos Collazo Rodríguez y Palmira Viera Rodríguez, (los “peticionarios”) nos solicitan la revocación de una Resolución emitida el 10 de febrero de 2004, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, (el “TPI”) en el caso Carlos Collazo Rodríguez y Palmira Viera Rodríguez, peticionarios, ex-parte, Civil Núm. HDI2001-0126, sobre: divorcio por consentimiento mutuo. El dictamen declaró No Ha Lugar su Moción en Solicitud de Enmienda Aclaratoria y Solicitud de Sentencia Enmendada Nunc Pro Tunc, en la que solicitaron se enmendara retroactivamente una Sentencia de divorcio por

consentimiento mutuo, dictada el 9 de marzo de 2001, mediante la cual Collazo Rodríguez cedió su participación en cierto bien inmueble ganancial adquirido durante el matrimonio a su esposa Viera Rodríguez y a sus dos hijos. Una reconsideración al anterior dictamen fue declara No Ha Lugar mediante Orden de 11 de febrero de 2004, notificada el 17 de febrero de 2004.

Resolvemos con el beneficio de la comparecencia y del derecho aplicable, no sin antes exponer, en lo pertinente, el trasfondo fáctico de lo acaecido.

-II-

Los peticionarios contrajeron matrimonio el 4 de diciembre de 1978, en San Lorenzo, Puerto Rico. Mediante Petición de Divorcio por Consentimiento Mutuo presentada el 6 de marzo de 2001, solicitaron al Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, la disolución de su vínculo matrimonial, caso Civil Núm. HDI2001-0126. A base del análisis de la prueba y de conformidad con el estado de derecho, mediante Sentencia de 9 de marzo de 2001, el TPI declaró

Con Lugar la Petición de divorcio de los peticionarios, disolvió su vínculo matrimonial y en consecuencia, adoptó las estipulaciones sobre liquidación de la Sociedad Legal de Gananciales, según acordadas y estipuladas por los peticionarios.

Mediante las estipulaciones acogidas en la Sentencia de divorcio se determinó, en lo pertinente, que el peticionario Carlos Collazo Rodríguez le cedería a sus hijos Cristian Collazo Viera, de 21 años de edad y Carla Michelle Collazo Viera, de 19 años de edad, emancipada por matrimonio el 14 de febrero de 1999, y a la peticionaria Palmira Viera Rodríguez, su participación ganancial en el solar y correspondiente estructura residencial, localizada en el

la Urbanización Residencial Bairoa Park, Calle Parque del Cisne G-8 en el Barrio Bairoa del Municipio de Caguas.

Transcurridos más de dos años y medio (2 ½) de haberse disuelto el vínculo matrimonial, mediante Moción en Solicitud de Enmienda Aclaratoria y Solicitud de Sentencia Enmendada Nunc Pro Tunc, bajo juramento, el 23 de octubre de 2003 los peticionarios comparecieron dentro del mismo pleito en que se dictó la sentencia de divorcio, solicitando se enmendara la Sentencia con efecto retroactivo. A esos fines estipularon, que la participación ganancial en el mencionado inmueble del peticionario Carlos Collazo Rodríguez se donaría a la peticionaria Palmira Viera Rodríguez...

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