Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Septiembre de 2004, número de resolución KLCE200401214

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200401214
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040920-04 Rosa Muñoz v. Rodríguez Alemán

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

NORMA L. ROSA MUÑOZ Recurrida v JOSÉ ERNESTO RODRÍGUEZ ALEMÁN Peticionario
KLCE200401214
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm. FDI2004-0826 Sobre: Divorcio, Trato Cruel y Ruptura Irreparable

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, y los Jueces Colón Birriel y Hernández Torres

Colón Birriel, Juez

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de septiembre de 2004.

-I-

José Ernesto Rodríguez Alemán (el “peticionario”) recurre de la Orden emitida el 27 de agosto de 2004, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (el “TPI”), en el caso Norma L. Rosa Muñiz v. José Ernesto Rodríguez Alemán, FDI2004-0826, sobre: divorcio. Mediante el dictamen, notificado el 7 de septiembre de 2004, el TPI declaró Sin Lugar su Moción Urgente Sobre Reconsideración de Pendiente Litis presentada el 10 de agosto de 2004; solicitando se dejara sin efecto la Orden del 24 de junio de 2004, notificada el 28 de julio de 2004, mediante

la cual se concedió $10,000.00 en litis expensas a favor de la señora Norma L.

Rosa Muñoz (la “recurrida”) a ser pagados en veinte (20) días, concediéndole término final de diez (10) para satisfacer lo adeudado.

En unión a su Petición de Certiorari, presentada el 14 de septiembre de 2004, el peticionario presentó una Moción en Auxilio al Amparo de la Regla 79 del Reglamento de Apelaciones solicitando se deje sin efecto el pago de litis expensas cuyo plazo vence el 17 de septiembre de 2004.

Resolvemos, no sin antes dejar establecido que nuestros tribunales estuvieron cerrados desde el miércoles 15 de septiembre al viernes 17 de septiembre por razón del paso por la Isla de Puerto Rico de la tormenta tropical “Jeanne”, razón por la cual hoy, lunes 20 de septiembre, resulta ser el primer día laborable para entender en el presente recurso. Exponemos, en lo pertinente, el trasfondo fáctico de lo acaecido.

-II-

Del expediente se desprende que el peticionario y la recurrida contrajeron nupcias el 16 de julio de 1990, en la ciudad de Revere en el estado de Massachussets, Estados Unidos de América y durante su matrimonio procrearon una hija, la menor LJRR. El caso ante nuestra consideración se originó el 2 de junio de 2004, cuando la recurrida presentó ante el TPI una Demanda juramentada contra el peticionario: Norma L. Rosa Muñoz v. José E. Rodríguez Alemán, Civil Núm.

FDI04-826, sobre: divorcio por trato cruel, abandono y adulterio. En esa misma fecha la recurrida presentó dos mociones juramentadas, tituladas: Solicitud de Litis Expensas y Moción Solicitando Remedios Provisionales Ex-Parte. Por su parte, el 23 de junio de 2004 el peticionario contestó la demanda y presentó reconvención por trato cruel y ruptura irreparable. Además, solicitó se emitiera orden prohibiendo a la

recurrida, abstenerse de vender o transferir, la titularidad de ciertas obras de arte bajo su custodia propiedad de la sociedad legal de gananciales

Tras otros incidentes, y en consideración a la moción en Solicitud de Litis Expensas, de la recurrida, el 24 de junio de 2004, notificada el 28 de julio el TPI emitió Orden, concediéndole a la recurrida diez mil dólares ($10,00.00), en concepto de gastos incurridos en el pleito a ser pagados en veinte (20) días. Inconforme, como hemos mencionado, el 10 de agosto de 2004 el peticionario presentó oportuna Moción Urgente Sobre Reconsideración de...

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