Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Septiembre de 2004, número de resolución KLAN0400708

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0400708
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040922-03 Vélez y Asoc. v. Municipio de Trujillo Alto

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

MIGUEL P. VÉLEZ Y ASOCIADOS Apelante v. MUNICIPIO DE TRUJILLO ALTO, REPRESENTADO POR SU ALCALDE HON. PEDRO PADILLA Apelante KLAN0400708 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina FCD2001-1764 (401)

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Colón Birriel y la Jueza Hernández Torres.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 22 de septiembre de 2004.

-I-

La parte apelante, Municipio de Trujillo Alto solicita la revisión de una sentencia emitida el 12 de mayo de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, que declaró con lugar la demanda sobre cobro de dinero presentada contra el Municipio por el contratista apelado Manuel P.

Vélez & Associates (“Vélez”).

El litigio está relacionado a ciertos servicios de consultoría y supervisión prestados

por Vélez al Municipio entre los años 1994 al 2000, que incluían trabajos relacionados a la construcción de mejoras al Camino Los Núñez en el Barrio Quebrada Negrito del Municipio. Entre otros remedios, el Tribunal de Primera Instancia ordenó al Municipio pagar a Vélez la suma de $24,600.00 por concepto de servicios prestados tales como la confección de planos finales del Camino, especificaciones técnicas y otros servicios.

Aunque las partes suscribieron el contrato correspondiente, y el Municipio generó la orden de compra necesaria, no se llegó a hacer una asignación de fondos en el presupuesto del Municipio, según lo exige la Ley, 21 L.P.R.A. sec.

4354 (Supl. 2004).

El Tribunal de Primera Instancia entendió que el Municipio había comenzado los pasos para formalizar el contrato y que no cabía penalizar a Vélez por la omisión del Municipio de completar lo anterior.

Revocamos.

-II-

Según se desprende del recurso, Vélez es una entidad profesional dedicada a realizar trabajos de consultoría en el área de la Construcción.

Vélez fue contratado por el Municipio el 4 de marzo de 1994, mediante el contrato núm. 94-0311, para un proyecto de Obras Públicas y Control Ambiental en la Carretera Estatal Núm. 8860, en el Barrio Las Cuevas de Trujillo alto. El contrato incluía trabajos de agrimensura, topografía y diseño preliminar. Vélez llevó a cabo estas tareas, las que le fueron pagadas por el Municipio.

El 21 de julio de 1994, Vélez suscribió con el Municipio el contrato núm. 95-0068, el cual estaba relacionado a la continuación del proyecto objeto del contrato anterior. Se acordó que Vélez llevaría a cabo trabajos de agrimensura, diseño preliminar, presupuesto del costo de construcción y especificaciones técnicas y supervisión general de las instalaciones de Obras Públicas y Control Ambiental Municipal. El valor del contrato era de $58,150.00. El negocio fue inscrito en el Registro de Contratos del Municipio.

La suma acordada fue reducida a $31,500.00, ya que Vélez había cobrado $16,300.00 bajo el contrato anterior, relacionados a los servicios contratados y porque se acordó posponer la contratación de los trabajos de supervisión, los que ascendían a $10,500.00. El Municipio pagó a Vélez por los servicios prestados.

El 17 de octubre de 1994, el Municipio y Vélez otorgaron el contrato 95-0215. Conforme a los términos de dicho acuerdo, el Municipio se comprometió a realizar trabajo de mensura y topografía, diseño preliminar y diseño final con respecto a un proyecto para el Camino Los Núñez, ubicado en el Barrio Quebrada Negrito del Municipio.

El 30 de noviembre de 1995, Vélez y el Municipio suscribieron el contrato 96-0313. Mediante dicho acuerdo, Vélez se comprometió a realizar la supervisión general e inspección de la construcción de las instalaciones de Obras Públicas y Control Ambiental Municipal, relacionadas con el mencionado Camino. El costo del contrato era de $50,000.00, que luego fue enmendado el 31 de diciembre de 1996, mediante la orden de cambio 96-0313A, para aumentar dicha suma a $76,200.00. Se aumentó la magnitud de la obra y se extendió la fecha de su terminación hasta el 31 de enero de 1997.

De esta suma, el Municipio pagó a Vélez la...

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