Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Septiembre de 2004, número de resolución KLCE200300617

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200300617
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2004

LEXTCA20040924-02 Pueblo v. En Interés del Menor W.S.B.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL II DE BAYAMÓN

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario V. EN INTERÉS DEL MENOR W. S. B. Recurrido KLCE200300617 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Asuntos de Menores CASO NUM. J2003-086 SOBRE: Arts. 165, 171 y 179 C.P.

Panel integrado por su presidente, Juez Sánchez Martínez, la Juez Cotto Vives y el Juez Vivoni del Valle

Vivoni del Valle, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 24 de septiembre de 2004.

El presente caso trata de un recurso de certiorari presentado por el Estado cuestionando una resolución del Tribunal de Primera Instancia (en adelante TPI) que desestimó unos cargos radicados contra un menor de edad.

El TPI en su resolución señaló básicamente que el Procurador de Menores no demostró justa causa por el consistente incumplimiento de una orden del tribunal sobre descubrimiento de prueba y que se violó el derecho a juicio rápido que por disposición constitucional le corresponde a todo imputado de delito o falta en Puerto Rico.

¿Tiene el Ministerio Público la obligación de entregarle oportunamente a un acusado, adulto o menor, la información solicitada a través de los medios del descubrimiento de prueba y ordenada por un tribunal? De no entregarse oportunamente por el Ministerio Público dicha información, ¿qué efecto tiene tal actuación sobre el derecho a juicio rápido del acusado? Esas son, básicamente, las interrogantes que presenta este caso.

Por los fundamentos que exponemos a continuación expedimos el auto y confirmamos la resolución recurrida.

I

Por hechos ocurridos el 11 de diciembre de 2002 en el Parque Zito ubicado en Levittown, Toa Baja, Puerto Rico, se presentaron el 12 de diciembre de 2002 quejas contra el menor W.S.B. por las faltas equivalentes a los delitos de escalamiento agravado (Art. 171 del Código Penal, 33 L.P.R.A.

sec. 4277), daños (Art. 179 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4285), y apropiación ilegal (Art. 165 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4271). Llevado ante un juez se determinó causa probable y se ordenó la detención provisional del menor.

La vista de causa para la querella se pautó para el 17 de diciembre de 2002, pero fue suspendida y reseñalada para el 19 de diciembre de 2002. El menor continuó detenido hasta esa fecha.

El 19 de diciembre de 2002 tampoco se celebró la vista de causa, pero el menor fue evaluado para egreso y fue egresado por recomendación de la trabajadora social sujeto a restricción domiciliaria.

La vista de causa fue pautada entonces para el 24 de diciembre de 2002 fecha en que fue nuevamente aplazada para el 3 de enero de 2003. Se suspendió nuevamente el señalamiento del 3 de enero de 2003, y se reseñaló para el 23 de enero de 2003, debido a la incomparecencia de la prueba de cargo. El 23 de enero finalmente se celebró la vista y quedó pautada la vista adjudicativa del caso para el 17 de marzo de 2003.

El 13 de febrero de 2003 la defensa del menor W.S.B.

presentó una moción de descubrimiento de prueba al amparo de la Regla 6.4 de las de Procedimientos de Asuntos de menores. El TPI concedió lo solicitado en ella y ordenó se descubriera dicha prueba desde el 14 de febrero de 2003.

Llegada la fecha del 17 de marzo de 2003, la defensa del menor informó al TPI que no se habían completado el descubrimiento de prueba pues el Ministerio Público aún no había suplido la información solicitada y ordenada. Particularmente reclamó que el Ministerio Público no le había suplido documentos y fotografías que habían sido solicitadas.

En dicha fecha estaban ausentes, sin aparente justificación, el alegado perjudicado y la agente Melba Bonet, testigo que el Procurador de Menores había solicitado que fuera citada.

El Tribunal de Primera Instancia, en vista de lo informado, ordenó al Procurador de Menores que proveyera lo solicitado...

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