Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2004, número de resolución KLAN0400477
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0400477 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2004 |
VILMA H. RODRÍGUEZ NERGER Apelada v. RAMÓN L. TIRU RUIZ, VILMA VEGA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS Apelantes | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm. J DI999-0431 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, la Jueza Hernández Torres y el Juez Martínez Torres
Brau Ramírez, Juez Ponente
SENTENCIA
San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2004.
Los esposos apelantes, Ramón Tirú Ruiz y Vilma Vega, apelan de una sentencia emitida el 1 de marzo de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, que declaró con lugar la demanda por daños y perjuicios instada contra éstos por la apelada, Vilma H. Rodríguez Nerger.
El Tribunal condenó a los apelantes a pagar a la apelada la cantidad de $6,000.00.
Confirmamos.
Los esposos apelantes son vecinos de Ponce. En marzo de 1998 el apelante compró un edificio en la calle Muñoz Rivera núm. 68 de Juana Díaz. El edificio constaba de dos plantas, la primera de concreto y la segunda de madera, con techo de zinc. Se trataba de un edificio viejo. Una vez lo adquirió, el apelante se dio a la tarea de restaurarlo.
Para la fecha de los hechos, la apelada residía en el municipio de Juana Díaz (actualmente reside en el estado de Florida). Para el año 1998 la apelada operaba un negocio de venta de efectos escolares en un local situado en la calle Degetau en Juana Díaz. La apelada había comprado dicho negocio a su hermano en 1996, por $55,000.00. Dicho precio incluía el negocio y una cantidad de equipos y materiales.
En marzo de 1998 las partes entraron en conversaciones para el alquiler por la apelada de un local en la planta baja del edificio de la parte apelante, para fines de mudar el negocio de la apelada. Luego de varios meses, las partes acordaron el arrendamiento del local por un canon mensual de $355.00. Aunque las partes redactaron un contrato de arrendamiento, nunca llegaron a suscribir el mismo. La apelada procedió a ocupar el local, mediante un acuerdo verbal con los apelantes.
La apelada se mudó al local entre el 14 y el 19 de agosto de 1998. Instaló en el predio máquinas fotocopiadoras, de fax, y laminadoras. También mudó su inventario de efectos escolares. Además de los equipos que había adquirido de su hermano, la apelada compró varios equipos nuevos, entre los que se encontraba una fotocopiadora a color.
El día en que la apelada completó su mudanza, 19 de agosto de 1998, el apelante, junto a su padre y un empleado, llevaron a cabo trabajos en el techo del edificio. Para ello removieron el techo y paredes de la segunda planta y dejaron expuesto el piso, el cual era de madera. El techo no fue reemplazado.
Según la apelada, el apelante realizó estas obras sin permiso, el cual había sido denegado por el Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Pocos días después, el 22 y 23 de agosto de 1998 cayeron unas fuertes lluvias en el área de Juana Díaz. El segundo nivel del edificio aún estaba descubierto. Como consecuencia de lo anterior, el agua se filtró desde la segunda planta del edificio hasta la primera, lo que causó graves daños al equipo e inventario de la apelada.
La apelada se vio forzada a cerrar su negocio. Dejó el equipo averiado en el interior del mismo.
El apelante continuó llevando a cabo obras en el edificio. El 20 de septiembre de 1998, el apelante realizó nuevos trabajos en la estructura, demoliendo varios de los pilares que sostenían la estructura superior.
El 21 de septiembre de 1998 el huracán Georges azotó a la Isla. Toda vez que la estructura del edificio había sido debilitada por los trabajos llevados a cabo por el apelante, la parte superior de la misma colapsó durante el paso del Huracán, derrumbando el techo de la primera planta. Los escombros cayeron sobre el local de la apelada, que quedó totalmente expuesto a la lluvia. Esto provocó la pérdida total de todos los equipos y bienes de ésta, los que, según hemos mencionado, ya se habían afectado desde el 22 y 23 de agosto de 1998.
El 20 de septiembre de 1999 la apelada instó la presente demanda por daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia contra los apelantes.
En su demanda, la apelada alegó que había sufrido daños y pérdidas cuantiosas en equipo y otros bienes debido a la negligencia de los apelantes, quienes habían llevado a cabo obras en el edificio. La apelada solicitó que se le compensara por los daños sufridos por ella.
En particular, la apelada alegó que había perdido los siguientes bienes, como consecuencia de las actuaciones de la parte apelada, reclamando el siguiente valor para cada uno:
a.
duplicadora $4,900
-
computadoras (2) $2,000
-
copiadora de planos $8,000
d.
fax $300
-
anaqueles
pequeños (4 a $400) $1,600
altos (5 a $700) $3,500
-
plastificadora (3 a $250) $750
-
encuadernadoras
2 espiral plástico(a $300) $600
1 espiral metal $275
1 calor (termal) $350
-
cámaras de fotos 2x2 (2 a $650) $1,350
-
copiadora color laser $35,000
-
copiadora BW $14,000
-
copiadora planos $8,750
-
caja cartón de hilo $800
-
espirales plásticos (35bx a $22) $770
-
espirales metal (30bx a $18) $540
-
encuadernación termal (25bx a $35) $875
-
material educativo (posters) $2,500
-
material escuela misceláneo $4,800
-
papel blanco (12ctn a $29) $348
-
papel color pastel (24rm a $35)
$84
-
papel color neon (30rm a $6.00)
$180
-
papel hilo (5bx a $32) $160
-
cartón encuadernar (8bx a $27) $216
-
clear cover encuad.(2bx a $22) $44
x.
bolígrafos $500
-
report covers (12bx a $24) $288
-
report covers (12bx a $24) $1,500
aa. cajas sobres plain (16bx) $127
bb. cajas sobres ventanilla (12bk) $109
cc. toner duplicadora (1bx) $120
dd. toner copiadora BW $650
ee. toner color $1,200
ff. papel fax (rollo) $75
gg.
dulces $150
hh. Frito Lays $80
ii.
Ferrero $90
jj.
Fillers $75
kk. copiadoras Canon (2)
$6,000
Omega $4,500
Fax $300
ll. encuadernadoras (perf, y plástica) $365
(metal) $275
mm. camara instant.
$50
nn. escritorio modular $360
oo. vacuum copiadoras (Canon) $380
pp. materiales reparación copiadoras $1,500
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba