Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Octubre de 2004, número de resolución KLRA04 00555

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA04 00555
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2004

LEXTCA20041020-09 Betteroads Asphalt Corp. v. Junta de Subastas del Municipio de Aguas Buenas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

BETTEROADS ASPHALT CORPORATION Recurrente v. JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE AGUAS BUENAS Recurridas KLRA04 00555 Revisión de Adjudicación de Subasta General Número 5 Serie 2003-2004 Renglón III, Compra de Material Asfáltico Municipio de Aguas Buenas

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, el Juez Escribano Medina y el Juez Salas Soler.

Pesante Martínez, Juez ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de octubre de 2004.

Betteroads Asphalt Corporation impugna la adjudicación de cierta subasta que el Municipio de Aguas Buenas le adjudicó a Super Asphalt Pavement Corp. a pesar de no ser el postor más bajo que licitó en todos los renglones relacionados a la compra de asfalto, menos en uno.

Insatisfechos con la adjudicación de la subasta, Betteroads Asphalt presentó oportunamente un recurso de revisión. En él le imputó a la Junta de Subastas la comisión de los siguientes errores:

a)

Actuar de forma arbitraria y caprichosa al adjudicar la subasta a un postor que no resultó ser el más bajo, sin base racional para ello, en detrimento no sólo de los intereses de la recurrente sino también del interés público.

b)

Erró el Municipio de Aguas Buenas al no notificar adecuadamente la decisión administra-tiva de otorgamiento de la subasta y los fundamentos para la adjudicación, violentándose los requisitos del debido proceso de ley.

Atenderemos en primera instancia el segundo error señalado. Aunque originalmente la Junta de Subastas no notificó adecuadamente su resolución otorgándole la buena pro al recurrido y demás licitadores perdedores, ello fue subsanado posteriormente en ocasión de emitir una segunda resolución conteniendo los fundamentos que sostenían su dictamen, así como el derecho que les asiste a procurar la revisión judicial, el término disponible para ello y la fecha del archivo en autos de copia de la notificación de la adjudicación. En el presente caso el error original fue subsanado y no impidió que Betteroads Asphalt presentara el recurso y fundamentara muy articuladamente sus reclamos.

En lo referente al señalamiento de error imputándole a la Junta el haber otorgado la buena pro al licitador que no resultó ser el más bajo, es necesario acudir a las propuestas sometidas por los licitadores, así como a las condiciones y especificaciones requeridas por el Municipio.

El 5 de mayo de 2004, la Junta de Subastas, luego de publicar el correspondiente aviso, llevó a cabo una subasta para “Compra de Material Asfáltico”. Licitaron Super Asphalt Pavement Corporation, Alco Corporation y la recurrente Betteroads Asphalt Corporation. Éstas sometieron sus propuestas por escrito, desglosándose las mismas de la siguiente manera:

Licitador
Betteroads Asphalt Corporation
SuperAsphalt Pavement
Alco
Precio x Ton. Asfalto Recogido en Planta $39.50 $42.00 $42.50
Precio x Ton. Black Base Recogido en Planta $39.50 $42.00 $45.25
Aceite RC-2 Servido en Tanque recogido en planta x gal. $2.50 $2.25 $2.75
Aceite RC-2 Servido en Tanque entregado en el municipio x gal. No Bid $2.75 $3.00
Aceite RC-2 recogido en planta x gal. $2.25 $2.25
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