Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Octubre de 2004, número de resolución KLCE0400759

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0400759
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2004

LEXTCA20041029-64 Carrasquillo Resto v. Supermercados Amigo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL IX

SATURNINO CARRASQUILLO RESTO, CARMEN JULIA FLORES GARCÍA y la sociedad de Gananciales compuesta por ambos Demandante/Recurrida v. SUPERMERCADOS AMIGO, ACE INSURANCE COMPANY Demandados/Peticionaria
KLCE0400759
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Lorenzo Civil Núm. E2CI2003-39l Sobre: Descubrimiento de Prueba; Examen Físico

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, y los Jueces Aponte Jiménez y Salas Soler.

Salas Soler, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de octubre de 2004.

El 10 de junio de 2004, Supermercados Amigo y ACE Insurance Company (en lo sucesivo, “Peticionarios”) presentaron una solicitud de Certiorari, cuyo petitorio es revocar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de San Lorenzo, notificada el 20 de mayo del presente. En la referida Orden, Instancia denegó una solicitud de ampliación de descubrimiento de prueba.

Es la alegación esencial de los Peticionarios, que erró el recurrido foro al restringir la amplitud y liberalidad del descubrimiento de prueba.

Por los fundamentos que delineamos a continuación, expedimos el recurso de Certiorari, revocamos la recurrida Orden, e instruimos al Tribunal de Instancia para que resuelva de conformidad con lo consignado.

I.

El trasfondo fáctico pertinente es el siguiente. El 14 de mayo de 2003, Saturnino Carrasquillo Resto, su esposa, y la sociedad de gananciales por ambos compuesta (en lo sucesivo, “señor Carrasquillo” o “Recurridos”), presentaron una demanda sobre daños y perjuicios contra los Peticionarios. Su causa se fundó en una caída que sufrió el señor Carrasquillo en un almacén de Supermercados Amigo, en Juncos, allá para el 27 de noviembre de 2002.

Luego de enmendarse la demanda, el 11 de agosto de 2003, los Peticionarios contestaron y conjuntamente remitieron un pliego de interrogatorio a los Recurridos. Hace menos de un año, el pasado 23 de diciembre, Instancia celebró una Conferencia con Antelación al Juicio y señaló juicio para el 23 de junio de 2004. En febrero del presente, luego que los Recurridos notificaran su Informe Médico Pericial, los Peticionarios le notificaron una cita para que su perito médico examinara al señor Carrasquillo, el 30 de marzo. Dicha cita se canceló debido a que el señor Carrasquillo sería intervenido quirúrgicamente muy...

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