Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Noviembre de 2004, número de resolución KLCE0400197
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0400197 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2004 |
ENRIQUE UBARRI BLANES Demandante-Peticionario v. MARÍA TERESA UBARRI BLANES, ET ALS. Demandados-Recurridos | KLCE0400197 | CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN CIVIL NÚM.: DAC1992-0494 SALA 503 SOBRE: PETICIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE DEBERES |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Jueza Cotto Vives y el Juez Soler Aquino.
Cotto vives, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 17 de noviembre de 2004.
Enrique Ubarri Blanes nos solicita que revoquemos una resolución emitida el 17 de febrero de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, mediante la cual se denegó la reconsideración de la resolución emitida el 22 de enero de 2004. En ésta, a su vez, el foro recurrido dejó sin efecto varias órdenes previamente dictadas, las cuales mencionaremos como parte de la relación de hechos.
En virtud del análisis que pasamos a presentar, denegamos la expedición del auto de certiorari.
El Sr.
Enrique Ubarri Blanes presentó una petición ante el Tribunal de Primera Instancia en la que solicitó que se le ordenara a la Lcda. María Teresa Ubarri Blanes, albacea testamentaria de la fenecida María T. Blanes Cabrera, que preparara un inventario de los bienes del caudal de ésta y que se nombrara un administrador judicial, entre otras cosas.
Los antecedentes de esta acción son los siguientes: El 12 de septiembre de 1979, la Sra. Blanes Cabrera nombró a su hija, la Lcda. Ubarri Blanes como administradora de sus bienes, mediante poder general otorgado a esos efectos.
La fenecida María Teresa Blanes Cabrera murió testada el 22 de junio de 1991. Los únicos y universales herederos de ésta son sus hijos: Enrique, María Teresa, Antonio y Rafael, todos de apellidos Ubarri Blanes y su viudo Enrique Ubarri Acosta. En su testamento, la fenecida Blanes Cabrera designó a su hija María Teresa Ubarri Blanes como albacea testamentaria y le confirió amplias facultades en la administración de todos los bienes del caudal. Con posterioridad al fallecimiento de su señora madre, la Lcda. Ubarri Blanes mantuvo bajo su control y administración los bienes del caudal de la causante. El peticionario, Sr. Enrique Ubarri Blanes aduce que ésta se adjudicó y pagó unos legados, así como repartió y distribuyó activos del caudal entre los...
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