Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Noviembre de 2004, número de resolución KLAN200300185

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200300185
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2004

LEXTCA20041122-25 Pueblo v.

Lebrón Quevedo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL DE BAYAMÓN

PANEL I CR II

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado V. LEONCIO LEBRÓN QUEVEDO Apelante KLAN200300185 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón CRIM. NÚM. DVI 2002G0128, DLA2002-G0751 Sobre: Asesinato en 1er grado; y Art. 5.04 L.A.

Panel integrado por su presidente, Juez Sánchez Martínez, la Juez Cotto Vives y el Juez Vivoni del Valle

Vivoni del Valle, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 22 de noviembre de 2004.

El apelante, Leoncio Lebrón Quevedo, nos solicita que revoquemos una sentencia del Tribunal de Primera Instancia (en adelante TPI) del 17 de enero de 2003. En dicha sentencia, luego de haber sido encontrado culpable, el 18 de septiembre de 2003, por los delitos de Asesinato en Primer Grado e Infracción del Art. 5.04 de la Ley de Armas, el apelante fue sentenciado a cumplir 99 años de reclusión por el asesinato y 10 años por la infracción de la Ley de Armas.

Curiosamente señala como error que:

El Honorable Tribunal de Circuito de Apelaciones al confirmar la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que encontró culpable al apelante en virtud de una prueba que de ninguna manera derrota la presunción de inocencia y mucho menos estableció su culpabilidad más allá de duda razonable.

Obviamente el alegado señalamiento de error es de por sí un error del apelante. Pero en aras de la justicia discutiremos, para su beneficio, lo que debió señalar el apelante. Por lógica el señalamiento de error debió leer: “Erró el TPI al encontrar culpable al apelante en virtud de una prueba que de ninguna manera derrota la presunción de inocencia y mucho menos estableció su culpabilidad más allá de duda razonable.”

Con el beneficio de la Exposición Narrativa Estipulada (en adelante E.N.P.) y los escritos de las partes estamos en condiciones de resolver. Por los fundamentos que exponemos a continuación confirmamos la sentencia apelada. Veamos.

I

La prueba oral que tuvo ante sí el TPI básicamente aparece recogida en la exposición de hechos que hizo el Procurador General en su alegato la cual incluimos a continuación:

El Sr. Héctor M. Díaz Lazil trabaja como “bartender” en el negocio “Tres Palmas Taco Place”, en Bayamón (éste es el lugar donde ocurrieron los hechos). El domingo 2 de junio de 2002, Héctor “llegó al negocio solo como a las 5:00 p.m. a beber y a bailar”. E.N.P., pág. 2. El testigo tenía el día libre. El testigo le pidió al Sr. Juan Soler (el perjudicado) —que acababa de llegar con su esposa Jennifer Cruz— “que le pagara una cerveza”. E.N.P., pág. 2. Jennifer se sentó. El señor Soler también trabajaba en el negocio “Tres Palmas Taco Place” (era el cocinero). Ambos sujetos se dirigieron hacia la barra.

Al poco rato, el apelante Leoncio Lebrón Quevedo t/c por Moreno, llegó al lugar de los hechos. Héctor “lo conocía de vista”. E.N.P., pág. 3. “Dijo que lo conocía porque Moreno venía al negocio casi todos los viernes, sábados y domingos”. E.N.P., pág. 3. El testigo declaró que el apelante tenía “un yeso” o “vendaje” en el brazo izquierdo, una gorra, un polo color rojo de manga larga y un mahón. E.N.P., pág. 3. El testigo observó que Moreno y el señor Soler entraban y salían del negocio.

En un momento dado, “Moreno entró detrás de Juan y le dio el primer fuetazo” [disparo], declaró Héctor. E.N.P., pág. 4. El testigo se encontraba como a siete u ocho pies de distancia. E.N.P., pág. 4. Veamos:

[D]espués que sonó la primera denotación... vio que Juan estaba cayendo hacia atrás, y que Moreno estaba detrás de Juan. [...] Al Juan caer hacia atrás su cabeza cayó como para los pies de Moreno y éste le da la vuelta y lo remachó [le siguió disparando] más en el piso. [...] Moreno le disparaba de pie pero un poco doblado. E.N.P., págs. 4 y 5(1).

El apelante sostenía la pistola con su mano derecha. La pistola era “negra y cuadrada”, declaró Héctor. E.N.P., pág. 4. “[E]n este momento Moreno llevaba puesta una camiseta blanca...

se había quitado el polo shirt rojo”. E.N.P., págs. 4 y 5. “Cuando Moreno dejó de disparar... miró al testigo... El testigo miró hacia su amigo para que Moreno no viera que él lo estaba mirando”. E.N.P., pág.

5. “Cuando Moreno terminó de disparar se volteó... y caminaba de espaldas hacia la puerta como para que nadie se le pegara y así salió de espaldas”, declaró Héctor. E.N.P., pág. 5.

En ese momento, Jennifer se tiró encima del occiso y preguntaba a gritos “que quién lo había matado”. E.N.P., pág. 5. Héctor le mintió diciéndole que él no sabía. E.N.P., pág. 5. “La iluminación en el local era una a media luz, ni muy claro ni muy oscuro, se veían las caras de las personas”, declaró Héctor. E.N.P., pág. 5.

Al principio, el testigo estaba renuente a hablar con la policía. El testigo le dijo al dueño del negocio (Wilson) “que él no hablaba por los problemas que uno se buscaba por esto y Wilson le garantizó que a él no le iba a pasar nada”. E.N.P., pág. 6. Entonces, el testigo habló con la policía.

El Ministerio Público ofreció en evidencia un sinnúmero de fotografías del lugar de los hechos.

El próximo testigo de cargo fue el Sr. Jorge L.

Afanador Hernández t/c por “Panadol”. Éste también trabaja en el negocio “Tres Palmas Taco Place” (como guardia de seguridad). El día de los hechos “Panadol” tenía el día libre. “Declaró que ese día llegó a eso de las 4:00 p.m. al negocio en calidad de cliente”. E.N.P., pág. 7.

“Panadol” declaró que el Sr. Juan Soler (el occiso) salió de trabajar a eso de las 4:30 p.m. “Luego se montó en el carro y se fue a la casa a buscar a su esposa (Jennifer) para volver con ella”. E.N.P., pág. 7. “Panadol” declaró que “como a los 25 minutos de haberse ido Juan, llegó Moreno”. E.N.P., pág. 7. El testigo “[c]onoce a Moreno desde aproximadamente tres años por el tiempo en que el testigo trabajaba en Tres Palmas”. E.N.P., pág. 7. Moreno iba “casi todos los fines de semana, viernes, sábado y domingo”. E.N.P., pág. 12. “Moreno entró [al negocio] y estuvo como 25 minutos, salió y se fue”. E.N.P., pág. 7. Al cabo de media hora, aproximadamente, llegó el Sr. Juan Soler y su esposa Jennifer. El testigo declaró que:

Llamó a Juan aparte y le dijo que Moreno lo estaba buscando. Se le preguntó por qué le dijo eso a Juan y contestó que le dijo eso porque la noche anterior Juan y Moreno habían discutido. E.N.P., págs. 7 y 8(2).

Luego de ello, a eso de las 7:05 de la noche, Moreno regresó al negocio “Tres Palmas Taco Place”. “Moreno vestía una camisa de color rojo por fuera y suelta, camisilla blanca [por dentro]... mahón azul”. E.N.P., pág. 9. “Panadol” entró “detrás de él para buscar a sus amigas y les dijo que se fueran que iba a haber problemas”. E.N.P., pág. 9.

Él imaginaba esto por la discusión que hubo entre ambos la noche anterior. Salió entonces con sus amigas hacia su guagua, llegando a su guagua, escuchó seis detonaciones. [...] Sonó uno primero, pausa, y los demás corridos. E.N.P., pág. 9.(3)

“Panadol” “vio gente salir corriendo del negocio y que vio a Moreno caminando rápido por la entrada principal. [...] Moreno... tenía un arma en la mano derecha y la camisa tapándose la otra mano.(4) Moreno iba vestido con una camisilla blanca. Dijo que el arma era una pistola .45MM, negra con la punta plateada”. E.N.P., pág. 9. “Panadol” declaró “[q]ue sabía que era una cuarenta y cinco porque las ve en revistas y en las tiendas de armas”. E.N.P., pág. 9.(5)

En ese momento, salió una mujer gritando: “Panadol... mataron a Juan”. E.N.P., pág. 10. Veamos a continuación:

Afanador [Panadol“] dijo que “se hizo como el loco” y se fue detrás de Moreno a preguntarle: “¿qué pasó?, ¿qué pasó?” El testigo se ubicó por el lado de la puerta del chofer. Le toca el cristal delantero. Ahí, Moreno le apuntó con el arma desde adentro del carro. [...] El testigo volvió y le preguntó y le tocó en el cristal del chofer. Moreno volvió y le apuntó y ahí el testigo se alejó. E.N.P., pág. 10.(6)

“Panadol” regresó al interior del negocio “y encontró a Juan tirado en el piso, boca arriba, botando sangre por el oído”. E.N.P., pág. 11. Luego llegó la policía. “Panadol” también estaba renuente a hablar con la policía. El testigo “no quería hablar allí en Tres Palmas [porque] él no sabía si Moreno iba a volver o iba a estar allí pendiente de lo que había sucedido”. E.N.P., pág. 11.

Sin embargo, esa misma noche el testigo le dio el número de su teléfono al sargento Olivo. Éste lo llamó y acordaron encontrarse —esa misma noche— en un negocio de alquiler de películas de vídeo que quedaba por allí cerca. En el lugar acordado “el testigo les explicó lo que había visto, que él conocía a la persona que lo había matado. [...] No les dijo nada de la discusión entre Moreno y Juan la noche anterior. Olivo le preguntó si se atrevía a buscarlo con él y el testigo le contestó: “claro que sí”. E.N.P., págs. 11 y 12. La búsqueda resultó infructuosa. Posteriormente, “Panadol” identificó al acusado mediante fotografías (el acusado ocupaba la cuarta posición en la composición fotográfica).

El próximo testigo de cargo fue el sargento José Olivo Rivera. Éste acudió al lugar de los hechos en compañía del agente Montalvo.

Preguntó qué vieron, si conocían al autor del crimen, y las respuestas fueron que nadie vio nada... como es de costumbre en esos casos, declaró el sargento. E.N.P., pág. 14.

“Panadol”, le dijo “que él vio algo pero que no puede hablar allí... Le da un papel, con un número de teléfono”. E.N.P., pág. 14. El sargento lo llamó y se reunió con él en el negocio “Video Avenue”. “Panadol” le narró lo siguiente:

[C]uando escuchó las detonaciones vio una persona que conoce por el mote de Moreno y que ésta tenía una pistola “.45” en las manos. [...] Que le preguntó a Moreno que qué pasó y Moreno lo hizo a un lado. E.N.P., pág. 14.

El sargento salió conPanadolpara ver si lo podían ver y arrestar. E.N.P., pág. 14.Afanador...

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