Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2004, número de resolución KLAN0200569

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0200569
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2004

LEXTCA20041130-01 Ramírez de Arellano v. Rodríguez Suris

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

Melody Ramírez de Arellano Gómez, Milagros Gómez Martínez Demandantes-Apelantes v. Edna Rodríguez Suris y otros Demandados-Apelados
KLAN0200569
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón DDP2000-018 Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago y los Jueces Urgell Cuebas y Aponte Hernández.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2004.

Las apelantes, Señoras Melody Ramírez de Arellano y Milagros Gómez Martínez, solicitan que revisemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. El tribunal resolvió que no se cumplieron los requisitos para configurar dicha causa de acción. Luego de estudiados los escritos de las partes, procedemos a confirmar la sentencia apelada. Veamos.

La apelante, Sra.

Ramírez de Arellano solicitó a la Sra. Edna Rodríguez Suris que le prestara la suma de $4,000 para pagar la fianza de su hermano,

Sr. Carlos Martínez Gómez, quien había sido arrestado y acusado por violar la Ley de Armas del

Código Penal de Puerto Rico. La Sra. Rodríguez Suris, empleada de Pride Leasing, Inc., solicitó autorización a la Junta de Directores de la compañía para ayudar a la apelante, prestándole el dinero el 9 de octubre de 1996, mediante cheque a nombre del Secretario del Tribunal.

El 3 de enero de 1997 la Sra. Ramírez de Arellano, solicitó la devolución de la fianza, la cual recibió. Sin embargo, no le devolvió el dinero a la apelada quien, desde el 18 de diciembre de 1999, realizó gestiones infructuosas, tanto verbalmente como por escrito, para que la devolviese.

En marzo de 1997, compareció la apelada en calidad de funcionaria de Pride Leasing, Inc. a la Fiscalía de Bayamón donde se le tomó una Declaración Jurada a ella y a la Secretaria, Sra. Ruth Vila. Posteriormente se presentó una denuncia contra la apelante, Sra. Melody Ramírez de Arellano Gómez, por apropiación ilegal. Después de haberse determinado causa probable para arresto, se desestimó la denuncia por haberse efectuado el pago del dinero.

El 15 de mayo de 1998 la Sra. Melody Ramírez de Arellano Gómez y su mamá presentaron una demanda contra la Sra. Rodríguez Suris, su esposo y la sociedad legal de gananciales compuesta por éstos, por los daños y perjuicios causados al haber instado un proceso criminal por apropiación ilegal, específicamente por detención ilegal y persecución maliciosa. El 17 de enero de 1998, la Sra. Ramírez de Arellano desistió voluntariamente de dicha demanda. El 16 de febrero de 1999 el tribunal dictó sentencia. Luego, el 13 de febrero de 2000 la Sra.

Ramírez de Arellano presentó una nueva demanda contra las mismas partes sobre los mismos hechos, la cual es objeto de este recurso.

El 8 de agosto de 2000 la parte apelada solicitó la...

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