Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2004, número de resolución KLRA200400510
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200400510 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2004 |
LEXTCA20041130-39 Mejías Ortis v. Adm. De Corrección
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL DE PONCE
MARTÍN MEJÍAS ORTIZ Recurrente V. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrido | KLRA200400510 | Revisión judicial de resolución administrativa emitida por la Adm. Corrección Caso Núm. SMRD 04-03-03 SOBRE: PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS PARA CONFINADOS |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Rodríguez de Oronoz, la Juez Pesante Martínez y el Juez Soler Aquino.
Soler Aquino, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2004.
El Sr. Martín Mejías Ortiz comparece por derecho propio y solicita que se revoque la Resolución emitida por la Administración de Corrección del 7 de junio de 2004, mediante la cual declaró no ha lugar su moción de reconsideración en relación con las medidas disciplinarias que le fueran impuestas.
I
El Sr. Mejías se encuentra confinado en la Institución de Máxima Seguridad de Ponce. Según se desprende del expediente, el día 26 de febrero de 2004 ocurrió un incidente entre el Sr. Mejías y un oficial de custodia, el cual motivó la presentación de
una querella disciplinaria en contra del primero. El 20 de abril de 2004 se celebró la correspondiente vista administrativa para dilucidar la misma.
Según las determinaciones de hechos emitidas por el Oficial Examinador que presidió la vista administrativa, el incidente que diera lugar a la querella disciplinaria contra el Sr. Mejías, consistió en que el Oficial Adán Rosa Torres dio por terminada la visita en la que el Sr. Mejías compartía con su madre y otras dos personas, por alegadamente, éste haber besado de forma inapropiada a una de estas dos personas. Mientras el Sr. Mejías era retirado del área de visitas, alegadamente agredió con el puño al Oficial Rosa en la mejilla. Tras tales determinaciones de hechos, el Oficial Examinador llegó a las siguientes conclusiones de derecho:
La prueba presentada en la vista consistió de los testimonios del oficial querellante y del querellado. Esta prueba testifical es examinada en unión a los documentos oficiales que obran en el expediente. De la totalidad de esta prueba, quedan establecidos en forma clara y preponderante los hechos determinados que dieron origen a la presente querella, en cuanto a la ofensa menos grave imputada al querellado en el informe disciplinario.
Al ser hallado INCURSO al querellado en la Ofensa Menos Grave, Regla 5B, sobre Agresión y en consideración de las circunstancias imponemos la siguiente sanción:
Segregación Disciplinaria por un término de quince (15) días.
Inconforme con dicha determinación, el Sr. Mejías solicitó reconsideración. En su escrito alegó ya había estado en el área de segregación desde el 27 de febrero de 2004 hasta principios del mes de abril de 2004 por los mismos hechos por los que mediante la Resolución emitida se le impone nuevamente segregación disciplinaria. Alega, además, que en adición a la segregación de la que fue objeto, le suspendieron las visitas y el poder adquirir productos de la comisaría, todo por los mismos hechos que dan lugar a la nueva sanción. En vista de ello, solicitó que se le acreditara el tiempo que estuvo en segregación, ya que fue por más del doble del tiempo que le fuera impuesto y que además se...
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