Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Diciembre de 2004, número de resolución KLAN0300607

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0300607
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2004

LEXTCA20041221-12 Acevedo Cartagena v. Martínez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIONAL JUDICIAL DE BAYAMON

ILEANA ACEVEDO CARTAGENA Apelada v. FRANCISCO MARTINEZ Apelante KLAN0300607 Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón CIVIL NUM. DAC2000-0551 SOBRE: ACCION CIVIL

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Urgell Cuebas y la Juez Feliciano Acevedo

Feliciano Acevedo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 21 de diciembre de 2004.

Mediante el presente recurso de apelación, el Sr.

Francisco Martínez Rodríguez, solicitó la revisión de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 21 de marzo de 2001 y debidamente notificada el 1° de mayo de 2003. La misma declaró con lugar la demanda y ordenó al apelante el pago de $208,700.00 por concepto de la participación de la apelada en la comunidad de bienes compuesta por éstos.

Analizado el expediente, el alcance de la sentencia apelada, la posición de las partes y el derecho aplicable, procede confirmar la sentencia del Tribunal de Primera Instancia.

La apelada convivió consensualmente con el apelante desde 1968 hasta 1974, período durante el cual adquirieron

una propiedad inmueble sita en el pueblo de Vega Alta. Dicha propiedad consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Bayamón. Aunque en cuanto a lo relacionado al estado civil de las partes el registro indica que son casados, la realidad era que convivían consensualmente. Esta propiedad está subdividida en cinco (5) apartamentos para alquiler y tiene un valor de $160,000.00. Desde el momento en que las partes se separaron el demandado continuó administrando el inmueble, utilizando las rentas devengadas por el mismo para su exclusivo beneficio. A principios de 1986 la demandante ocupó uno de los apartamentos de la propiedad objeto de este pleito. El hijo del demandado ocupa otro de los apartamentos.

El 12 de mayo de 2000 la Sra. Ileana Acevedo Cartagena presentó demanda sobre acción civil, solicitando la adjudicación de su participación en la comunidad de bienes constituida entre ésta y el demandado-apelante, corrección de la inscripción en el Registro de la Propiedad y honorarios de abogado. En la misma alegó que su participación en la comunidad más las rentas adeudadas ascendía a $340,000.00.

Aunque el demandado fue efectivamente emplazado no contestó la demanda. El 31 de agosto de 2000 la parte demandante solicitó la anotación de rebeldía y señalamiento de vista. El tribunal declaró con lugar dicha solicitud y señaló juicio para el 24 de enero de 2001.

El día señalado para la vista la parte demandante compareció representada por el Lcdo. Miguel A. Montes Díaz. El demandado compareció por derecho propio, sin embargo, no ejerció derecho alguno durante la misma. La prueba...

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