Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Diciembre de 2004, número de resolución KLRA0400573

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0400573
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2004

LEXTCA20041222-11 Padilla Rodríguez v. Adm. Sistemas de Retiro

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

JOSE PADILLA RODRIGUEZ Recurrente v. ADMINISTRACION DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA Recurrida KLRA0400573 Revisión de resolución emitida por la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura 2001-0653

Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, y los Jueces Negroni Cintrón y Rivera Román

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2004.

José Padilla Rodríguez solicita la revisión de una resolución de la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura en la cual se concluyó que no está incapacitado para trabajar conforme a los criterios establecidos por la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada y el reglamento aplicable, y se confirmó la denegatoria de beneficios determinada por el Administrador de los Sistemas de Retiro.

En su recurso Padilla señala que la Junta de Síndicos erró al resolver que no está totalmente incapacitado; plantea que tal conclusión no está basada en evidencia sustancial que surja del expediente; esta basada en una interpretación restrictiva de la ley;

y no se identifica los otros trabajos que alegadamente podría realizar a la luz de su edad, preparación académica y experiencia de trabajo. Antes de dilucidar estos señalamientos, hacemos un resumen del contexto procesal y fáctico en que se suscita la cuestión planteada.

-I-

Padilla se desempeñaba como Trabajador I de Conservación para el Departamento de la Vivienda, donde cotizó 6 años de servicio público. Nació el 24 de mayo de 1955 y tiene una preparación académica de cuarto año de Escuela Superior. El 31 de mayo de 1988 sufrió un accidente a raíz del cual la Corporación del Fondo de Seguro del Estado le relacionó minisectomía de la rodilla izquierda y le otorgó

10% de incapacidad de las funciones de la pierna izquierda. El 18 de junio de 1989 sufrió otro accidente a raíz del cual se le relacionó radiculopatía L4-L5 bilateral y esguince lumbosacral y se le otorgó 25% de incapacidad de las funciones fisiológicas generales. Padilla padece una condición emocional que no fue relacionada por el Fondo de Seguro del Estado por lo que no fue considerada.

El 9 de...

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