Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Enero de 2005, número de resolución KLCE0400568

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0400568
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución18 de Enero de 2005

LEXTCA20050118-13 Old Harbor Brewery Inc. v. Colonial Parking Corp

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Old Harbor Brewery, Inc.
Demandante – Peticionaria
Vs.
Colonial Parking Corp., American Parking SystemS, Inc., et al Demandadas – Recurridas
KLCE0400568
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios, Interdicto Posesorio Caso Núm.: KPE-2004-0625 (907)

Panel integrado por su presidente, el Juez Cordero, el Juez Rodríguez Muñiz y la Juez García García.

García García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de enero de 2005.

Recurre ante nos Old Harbor Brewery, Inc. mediante recurso de certiorari. Nos pide que revoquemos la Sentencia Parcial dictada por el Juez del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, Hon. Carlos S. Dávila Vélez, notificada el 4 de mayo de 2004. La Sentencia Parcial recurrida declara sin lugar la solicitud de un remedio interdictal clásico y de interdicto posesorio solicitado por Old Harbor Brewery, Inc.

Por los fundamentos que más adelante exponemos, expedimos el auto solicitado y revocamos la sentencia recurrida.

I

Los hechos alegados en este caso giran en torno al arrendamiento por Old Harbor Brewery, Inc. (en adelante Old Harbor) de un local propiedad de Colonial Parking Corporation (en adelante Colonial Parking) sito en la Calle Recinto Sur, Esquina Comercio M-3, en el Viejo San Juan, con el propósito de establecer un negocio de restaurante y micro-cervecería. El 27 de junio de 2003 el Sr. Porfirio Díaz Torres (en adelante Sr. Díaz), Presidente de Old Harbor, le escribió al Sr. Miguel Cabral (en adelante Sr. Cabral), Presidente de la Junta de Directores de Colonial Parking, una carta que contenía una serie de conclusiones o acuerdos alegadamente concertados entre las partes. Ese mismo día acudió a la oficina del Sr. Cabral para hacerle entrega de la carta y un representante del Sr. Cabral le añadió al documento una cláusula adicional a manuscrito que establecía que el acuerdo estaría sujeto a las discusiones finales del contrato entre las partes y la firmó.

El Sr. Díaz entregó junto con la carta un cheque por la cantidad de diez mil dólares ($10,000.00) y otro por la cantidad de cincuenta y nueve mil ($59,000.00), según el acuerdo, para el pago de un depósito para asegurar el local y el arrendamiento del primer mes de renta. El cheque fue suscrito a favor del First Bank para pagar una deuda del Sr.Cabral con el banco.

En la demanda jurada Old Harbor alega que Colonial Parking le hizo entrega oficial del local mediante carta del 2 de julio de 2003 dirigida al Sr. Sosa, representante de Old Harbor. Copia de la carta se unió a la moción en oposición a la desestimación o sentencia sumaria. Las llaves se le entregaron al día siguiente, 3 de julio de 2003, mediante otra carta que también forma parte del expediente.

La parte demandante alega que contrató arquitectos para diseñar el área, instaló paredes provisionales en el local, compró equipo de micro-cervecería a ser instalado en el local y solicitó los correspondientes permisos de construcción en la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). Indica que en todo momento mantuvo a Colonial Parking al tanto del progreso de las gestiones realizadas para obtener los permisos correspondientes y de las labores de construcción en el lugar.

Colonial Parking sostiene que no llegó a un acuerdo final con Old Harbor en torno al contenido del contrato de arrendamiento y que el 31de octubre de 2003 el Sr. Cabral le remitió una carta al Sr. Díaz indicándole que de no recibir el pago para la renta del local del mes de noviembre entendería que ya no deseaba arrendar el local y que ofrecería el mismo a otras personas interesadas, gestión que llevó a cabo posteriormente.

A principios de diciembre de 2003, un representante de Old Harbor visitó el local y se encontró con que Colonial Parking había cambiado las cerraduras del local.

El 3 de febrero de 2004 las partes se reunieron para discutir la situación. Se alega que en esta reunión el Sr. Cabral informó que había llegado a un acuerdo con otra persona para el alquiler del local por un canon de alquiler mayor y una cantidad adicional de doscientos mildólares ($200,000.00), pero que estaba dispuesto a romper el compromiso con esa persona si el Sr. Díaz le pagaba los doscientos mil dólares ($200,000.00) adicionales y el canon mayor por el local. El Sr.Díaz aceptó los nuevos términos, pero posteriormente el Sr. Cabral le comunicó que no había podido romper su compromiso con la otra persona.

El 5 de marzo de 2004 Old Harbor presentó una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en la cual solicitó, entre otras cosas, se le concediera un remedio extraordinario de interdicto posesorio. A solicitud de Old Harbor, el 9 de marzo de 2004 el Tribunal de Primera Instancia emitió una orden de citación sobre conferencia preliminar para atender el asunto del interdicto posesorio. El día del señalamiento, 26 de marzo de 2004, Colonial Parking radicó una Moción de Desestimación o Sentencia Sumaria. El Tribunal de Primera Instancia ordenó señalamiento de continuación de vista para darle oportunidad a la parte demandante de presentar su réplica. Recibidos los escritos de las partes, se señaló una vista argumentativa los días 22 y 23 de abril de 2004.

Examinados los escritos presentados, el Tribunal de Primera Instancia dictó Sentencia Parcial el 4 de mayo de 2004, donde declaró sin lugar la solicitud de un remedio interdictal clásico y de un interdicto posesorio.

Inconforme, el 10 de mayo de 2004 Old Harbor presentó un Recurso de Certiorari con una Moción en Auxilio de Jurisdicción. Mediante Resolución del 13 de mayo de 2004, declaramos no ha lugar la Solicitud en Auxilio de Jurisdicción y concedimos una prórroga de treinta (30) días para la presentación de escrito en oposición. Colonial Parking sometió su escrito en oposición el 29 de junio de 2004.

En su escrito de revisión, Old Harbor señaló los siguientes errores:

  1. El Tribunal de Primera Instancia, en la sentencia parcial dictada disponiendo sobre interdicto posesorio, se aparta de una ponderación adecuada de los hechos sometidos al Tribunal, por lo que la sentencia parcial es una contraria a derecho. El asunto planteado exige...

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