Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Enero de 2005, número de resolución KLAN0400801
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0400801 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2005 |
MARICELIS GONZÁLEZ RAMOS POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO MENOR ONEIL AYMAT GONZÁLEZ | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, Civil Núm. IFI2002-0021 Sobre: Filiación |
Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y el Juez Soler Aquino
Córdova Arone, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de enero de 2005.
Comparece Milton Velásquez Montalvo, en adelante el Apelante, y recurre de una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez. Mediante dicha Sentencia el foro de instancia declara Ha Lugar la demanda presentada por Maricelis González Ramos, por si y en representación de su hijo menor, O,Neil Aymat González, y en consecuencia declara que el padre biológico de éste es el Apelante. Veamos.
I
Maricelis González Ramos, en adelante la Apelada, sostuvo con el Apelante una relación de concubinato que
terminó en el año 1990. No obstante, en el mes de noviembre de 1991, se encontraron nuevamente y tuvieron relaciones íntimas, quedando ella embarazada. O,Neil Aymat González, en adelante el menor, nació el 5 de agosto de 1992, el Apelante rehusó reconocer al niño.
Clemente Aymat Figueroa, persona con la que la Apelada inició una relación de pareja antes de dar a luz y co-demandado en el caso ante nos, inscribió el niño con su apellido. Unos años después del nacimiento del menor, la relación entre la Apelada y Aymat Figueroa terminó. En el año 2002 la Apelada, procurando el bienestar emocional de su hijo, sostuvo una reunión con el Apelante; en dicha reunión éste reconoció que el menor era hijo suyo, pero nuevamente se negó a reconocerlo.
Así las cosas el 19 de diciembre de 2002 la Apelada, por si y en representación del menor, radicó demanda de filiación, rectificación de paternidad y alimentos contra el Apelante y Aymat Figueroa. Se solicitó en la demanda, entre otras cosas, que se decretara que el verdadero padre del menor era el Apelante y no Aymat Figueroa, y se ordenara al Registro Demográfico del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que hiciera la corrección pertinente en el Registro. El 1ro de abril de 2003, luego de una vista sobre el estado de los...
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