Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Enero de 2005, número de resolución KLAN200400194

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200400194
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Enero de 2005

LEXTCA20050121-04 Ramos Rodríguez v.

Home Design

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

DELIA RAMOS RODRÍGUEZ, POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA CON RAÚL FÉLIX LÓPEZ Apelados v. HOME DESIGN (ALMACENES PITUSA, INC.) Y SU COMPAÑÍA ASEGURADORA JOAN DOE Apelantes
KLAN200400194
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil Núm. FDP2002-0147 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos, y los Jueces Colón Birriel y Escribano Medina

Colón Birriel, Juez

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de enero de 2005.

-I-

Almacenes Pitusa, Inc. h/n/c Home Design (la “apelante”) solicita la revocación de una Sentencia emitida el 11 de diciembre de 2003, archivada en los autos copia de su notificación el 18 de diciembre de ese año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Hon. Sonsire Ramos (el “TPI”) en el caso Delia Ramos Rodríguez y otros v. Home Design y otros, Civil Núm.

FDP-2002-0147, Sobre: Daños y Perjuicios. Mediante el referido dictamen se declaró Con Lugar la demanda presentada por Delia Ramos Rodríguez (Ramos Rodríguez) por sí y en representación de la Sociedad de Bienes Gananciales constituida con Raúl Félix López (en conjunto los “apelados”) y se ordenó a la apelante a pagarle quince mil dólares ($15,000) por concepto de daños físicos y angustias mentales, intereses legales, costas y gastos del pleito.

Los apelados presentaron escrito titulado Memorando de Costas y Desembolsos. Por su parte, el apelante se opuso a que se pagara a los apelados los honorarios de su perito de ocurrencia. El 26 de enero de 2004, mediante Orden al efecto el TPI declaró No Ha Lugar el Memorando de Costas, por haber sido presentado fuera del término reglamentario.

Por su parte, el 30 de diciembre de 2003, la apelante solicitó reconsideración de la Sentencia. La solicitud fue acogida por el TPI (Hon. María Del Carmen Martínez Lugo), quién la remitió a la Juez Sonsire Ramos, quién presidió el proceso, para la determinación en sus méritos al regreso de sus vacaciones. Posteriormente, el 26 de enero de 2004, notificada el 28 de enero, la reconsideración fue declarada No Ha Lugar.

Así las cosas, el 31 de diciembre de 2004, los apelados presentaron su alegato en oposición. Por último, la apelante replicó a la oposición de los apelados.

Resolvemos con el beneficio de la comparecencia de las partes, la Transcripción Estipulada de la Prueba Oral, no sin antes exponer, el trasfondo fáctico de lo acontecido.

-II-

Los hechos que dieron margen a la reclamación surgen como consecuencia de una caída sufrida por Ramos Rodríguez el 7 de octubre de 2001, a eso de las 12:40 p.m. en la acera frente a la entrada principal de la tienda Home Design, localizada en la Avenida 65 de Infantería en Carolina. Alegadamente, Ramos Rodríguez tropezó con el borde de la acera lo que provocó que cayera de frente hacia la puerta de entrada del establecimiento. Como consecuencia de la caída Ramos Rodríguez sufrió daños físicos, a saber, raspaduras en ambas rodillas, contusión en la cabeza, el brazo, hombro derecho y la cadera. Tras la caída, recibió los primeros auxilios de parte del gerente del establecimiento, el señor Marcos Valentín González, quién procedió a llamar una ambulancia para que transportaran a Ramos Rodríguez al Hospital Universitario de Carolina.

Una vez en el hospital, Ramos Rodríguez recibió atención médica y le fueron recetados varios medicamentos. Después del incidente fue atendida por el doctor Edgar Torres Álamo, quién era su médico de cabecera por hipertensión y osteoartritis. El doctor Torres Álamo le recetó medicamentos anti-inflamatorios, relajantes musculares y le inyectó medicamentos intra-articulares en ambos hombros y rodillas.

Así las cosas, el 18 de marzo de 2002, los apelados presentaron demanda en daños y perjuicios contra la apelante, Almacenes Pitusa, Inc. h/n/c Home Design. Alegaron, entre otras cosas, que el 7 de octubre del 2001, Ramos Rodríguez estaba acompañada de su nieta, cuando a eso de las 12:40 p.m. al bajarse del automóvil tropezó con el borde de la acera provocando que cayera de frente hacia la puerta de entrada de Home Design recibiendo varios golpes.

El 26 de marzo, el perito de Ramos Rodríguez suscribió un informe pericial en el cual concluyó que las lesiones en su hombro derecho eran producto de sus condiciones de salud...

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