Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Enero de 2005, número de resolución KLCE0401569

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0401569
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Enero de 2005

LEXTCA20050126-19 Pueblo v. Jiménez Reyes

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario v. LUIS JIMÉNEZ REYES Recurrido
KLCE0401569
CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PONCE Crim. Núm. J1CR2004-00975 Art. 95 del Código Penal

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y el juez Soler Aquino

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de enero de 2005.

El Procurador General, en representación de El Pueblo de Puerto Rico recurre de una Resolución, dictada por el Tribunal de Primera Instancia (Hon. Angel Candelario, Juez) que, en la etapa de determinación de causa probable para el arresto1, “archivó” la denuncia contra el aquí recurrido por el delito de agresión agravada grave. Su dictamen, recogido en su puño y letra en la misma denuncia, se fundó en que “[e]l

agente bajo juramento manifestó que ya se encontró causa por menos grave y tiene juicio el 17 de noviembre de 2004” (Anejo V del recurso).

Evaluado el recurso, ordenamos la comparecencia del recurrido mediante escrito de mostrar causa. Este compareció. Resolvemos.

I.

El 20 de junio de 2004, el Ministerio Público presentó una denuncia contra Luis Jiménez Reyes, imputándole el delito de agresión agravada en su modalidad menos grave. El recurrido estuvo asistido por abogado. Anejo I, pág.1. La denuncia presentada (número J1CR200400975) lee así:

“El referido acusado LUIS JIMÉNEZ REYES, allá en o para el día 19 de junio de 2004 y en Ponce; Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, ilegal, voluntaria, maliciosa y criminalmente, empleó fuerza, y/o violencia contra el ser humano Sr. Héctor Latorre Marrero, para causarle daño. Consistente en que el referido acusado sin mediar palabras le agredió con las manos en la espalda y luego le tiró al suelo tomándolo por el pelo y le dio en varias ocasiones contra el piso de la marquesina. Este resultó con hematomas en el rostro.”

Determinada causa probable para el arresto por el delito imputado, el juicio quedó señalado para el 21 de julio de 2004. Ante la incomparecencia del imputado y su representante legal, la vista fue reseñalada para el 28 de septiembre de 2004. Anejo III, pág. 3. Ese día, se suspendió nuevamente porque el Ministerio Público no estaba preparado. Anejo IV, pág. 4.

En el próximo señalamiento, 17 de noviembre de 2004 el Ministerio Público solicitó la paralización del proceso por razón de que la reinvestigación del caso requirió presentar una nueva acción penal por delito grave por los mismos hechos. Se pospuso el juicio para el 31 de enero de 2005. Anejo VI, pág. 6.

Así las cosas, el 8 de noviembre de 2004, esto es, después de haberse determinado causa probable para arrestar por agresión agravada en su modalidad menos grave, el Ministerio Público presentó cargos nuevamente por los mismos hechos en la modalidad grave. Ello porque una reinvestigación del caso reveló que el imputado penetró la morada del perjudicado para agredirlo. La denuncia presentada reza como sigue:

El referido acusado, Luis Jiménez Reyes, allá en o para el 19 de junio de 2004 y en Ponce, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción superior de Puerto Rico, Sala de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR