Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2005, número de resolución KLAN0300752

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0300752
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Enero de 2005

LEXTCA20050131-07 Popular Leasing & Rental,Inc. v. DE Mauret Cobb

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I de SAN JUAN

Panel III

POPULAR LEASING & RENTAL, INC. Querellante-Apelada v. CLAUDETTE DE MAURET COBB Querellado-Apelante KLAN0300752 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm. KAC1998-0915 (603)

Panel integrado por su presidente, Juez Rafael Ortiz Carrión, y los Jueces Antonio J. Negroni Cintrón y Carlos J. López Feliciano

Negroni Cintrón, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2005.

La Sra.

Claudette de Mauret Cobb (Apelante) presentó este recurso, indicando que apela la sentencia sumaria que el 8 de mayo de 2003 emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), notificada el 3 de junio siguiente. Mediante ésta, el foro judicial estimó la demanda en cobro de dinero e incumplimiento de contrato que contra ella instó Popular Leasing & Rental, Inc. (Popular Leasing) y la condenó a satisfacerle la suma de $10,525.95, los intereses al 5.25% anual desde la fecha de la sentencia hasta el pago total y

$2,157.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogados, según pactado entre las partes.

Con el beneficio del alegato de Popular Leasing, resolvemos, no sin antes exponer el trasfondo fáctico y procesal pertinente.

I

El 10 de agosto de 1998 Popular Leasing presentó una demanda de Cobro de Dinero por Incumplimiento en un Contrato de Arrendamiento Financiero contra la Apelante. Emplazada el 28 de enero de 1999, el 16 de febrero siguiente la Apelante contestó la demanda. El 30 de marzo de 1999 Popular Leasing le notificó a la Apelante un interrogatorio escrito, el que ésta contestó el 17 de junio siguiente.

Transcurridos 6 meses de inactividad, el 1 de febrero de 2000 el TPI le notificó a Popular Leasing una orden para que mostrara causa porque no debía desestimar la demanda por inactividad, conforme las disposiciones de la Regla 39.2 (b) de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III.

El 16 siguiente Popular Leasing la contestó y expuso las razones por las cuales no debía desestimarse el pleito, por lo que el TPI procedió a pautar la celebración de una conferencia sobre el estado procesal del caso el 1 de mayo de 2000, la que se celebró en esa fecha.

Debido a la inactividad en el caso que posteriormente observó, el 27 de agosto de 2002 el TPI emitió una segunda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR