Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2005, número de resolución KLCE050063

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE050063
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2005

LEXTCA20050131-73 Pueblo v. Rodríguez Ortiz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. MARIO RODRÍGUEZ ORTIZ Peticionario
KLCE050063
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Mayagüez Crim. Núm. ISC2003G0406, 407 Sobre: Infracción a los Artículos 412 y 411 de la Ley de Sustancias Controladas

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova y los jueces Córdova Arone y Escribano Medina

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2005.

El 26 de enero de 2005 se refirió a este panel el recurso de epígrafe presentado el 20 de enero de 2005. Mario Rodríguez Ortiz1 recurre de la Resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez quien, luego de celebrada una vista, denegó la Moción de Supresión de Evidencia presentada por éste.

En su escrito plantea, en esencia, que el foro recurrido incidió al entender que hubo una intervención legal y al

concederle credibilidad a la agente que intervino en el caso.2

Evaluados sus argumentos a la luz de los hechos del caso y el derecho aplicable, se resuelve denegar el auto solicitado.

I.

El Ministerio Público presentó cargos contra el aquí peticionario por los delitos de Infracción a los Artículos 411 y 412 de la Ley de Sustancias Controladas. Luego de los trámites de rigor, la representación legal del peticionario presentó una Moción Solicitando la Supresión de la Evidencia. Apoyó la misma en que la evidencia obtenida fue producto de un registro ilegal y que el testimonio de la agente interventora es uno estereotipado. El Ministerio Público se opuso y el Tribunal señaló vista para entender en lo solicitado. En la misma prestó testimonio la agente interventora, Liza Muñiz y el agente José A.

Galindo. La defensa presentó seis (6) fotografías. Evaluada la prueba el foro recurrido dispuso entre otros, que “dirimida la credibilidad de los testigos, no le queda la menor duda respecto a que la agente tenía motivos fundados para intervenir con el señor Mario Rodríguez” (Resolución recurrida pág. 16 del apéndice del recurso).

El testimonio de la agente Muñiz, fue el siguiente:

Que trabajó para la Policía de Puerto Rico adscrita al Distrito de Mayagüez, en calidad de Agente Investigador. Que el día 16 de mayo de 2003 trabajé en el turno de 7:00 p.m. a 3:00 a.m. en un plan de trabajo en el área de Mayagüez para investigar individuos que ocasionan daños a vehículos y apropiándose ilegalmente de propiedad en los interiores de los vehículos, bajo la supervisión del Sgto. Hipólito Padilla 8-12390. Que a eso de las 7:25 p.m. me dirigí a pie hacia el Parque De Los Próceres en Mayagüez, inmediatamente me percato de un individuo de tez blanca quien resultó ser el Sr. Mario Rodríguez Ortiz quien se encontraba sentado en...

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