Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Febrero de 2005, número de resolución KLCE200401556

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200401556
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2005

LEXTCA20050207-06 Jiménez Steele v. K-Mart Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE ARECIBO, PANEL VII

GINA L. JIMÉNEZ STEELE Demandante-Recurrida v. K-MART CORPORATION Demandada-Peticionaria KLCE200401556 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Caso Núm. CPE2003-0144 Despido Ilegal

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Miranda de Hostos y la Jueza Pabón Charneco

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 7 de febrero de 2005.

En el presente Recurso de Certiorari, K-mart Corporation (Kmart) nos solicita que revoquemos la Resolución emitida el 21 de octubre de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo (TPI) que concedió a la querellante, Sra. Gina Jiménez Steele, un término de sesenta días para ampliar su descubrimiento de prueba.

Hechos

La Sra. Gina Jiménez Steele trabajó para Kmart como gerente de operaciones, mediante contrato sin término fijo, por espacio de 18 años. Comenzó a prestar servicios en el estado de Delaware, E.U. y luego fue transferida a las oficinas de Kmart en Puerto Rico.

Según consta de autos, en el mes de enero de 2003 la Sra. Gina Jiménez Steele fue despedida de su posición en Kmart. El 9 de mayo de 2003 ésta presentó una querella al amparo del procedimiento sumario1 por despido injustificado, discrimen en el empleo, período de tomar alimentos y vacaciones no pagadas contra Kmart. El 26 de junio de 2003 Kmart contestó la querella y entre sus defensas afirmativas sostuvo que el despido de la querellante fue justificado al amparo de las disposiciones de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976. Al respecto alegó lo siguiente:

...En específico, la querellante incurrió en una violación crasa de la política de Kmart que prohíbe que los empleados gerenciales reciban regalías por parte de suplidores y otros comerciantes a cambio de la promoción o generación de ventas o negocios para estos comerciantes o suplidores. Anteriormente, la querellante había sido objeto de amonestaciones y señalamientos por otras infracciones, evidenciándose la disciplina progresiva. Sin embargo, el incidente que provocó el despido de la querellante, por sí, fue lo suficientemente grave como para justificar el despido y fue de tal seriedad o naturaleza que revela una característica o actitud lesiva a la paz y buen orden de la empresa, por lo cual constituiría una imprudencia que Kmart esperara a que el mismo se repitiera de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

En esa misma fecha Kmart también solicitó al foro de instancia que el caso fuera tramitado conforme al procedimiento ordinario, tomando en consideración la naturaleza de las reclamaciones. El 17 de julio de 2003 la querellante se opuso a dicha solicitud y sostuvo que la causa de epígrafe debía resolverse a través del procedimiento sumario.

El 22 de enero de 2002 Kmart presentó una petición voluntaria de quiebra al amparo del Capítulo 11 del Código de Quiebra, Caso Núm. 02-02474, ante el Tribunal de Quiebra de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois2. El 25 de febrero de 2003 la empresa presentó ante dicho foro un Plan de Reorganización que fue acogido e implementado por el Tribunal de Quiebra mediante una orden fechada el 6 de mayo de 2003. De tal forma se reestructuró la empresa y Kmart salió de la quiebra exonerada, entre otras cosas, de cualquier responsabilidad o deuda incurrida con anterioridad al 6 de mayo de 2003. Recurso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR