Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Marzo de 2005, número de resolución KLRA200400630
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200400630 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2005 |
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA PROCEDENTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR (DACO) QUERELLA NÚM. 100018167 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Urgell Cuebas y los jueces Cordero y Rodríguez Muñiz
Rodríguez Muñiz, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de marzo de 2005.
Garage Isla Verde, Inc. (en adelante, Garage Isla Verde) presentó un recurso de Revisión de Decisión Administrativa, caso KLRA200400360, el 6 de agosto de 2004, en el cual nos solicitó la revisión de la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante, D.A.C.O.), el 31 de marzo de 2004, notificada en esa misma fecha, en la querella Luis Berríos et als v.
Garaje Isla Verde, Inc., Prime Wholesalers, Inc., Popular Auto, Inc., Mercedes Benz USA, LLC, Querella Núm. 100010167. Mediante dicha resolución, el D.A.C.O. decretó la resolución del contrato de compraventa del vehículo de motor Mercedes Benz, modelo C230, año 2002, suscrito por Luis Berríos (en adelante, Berríos) y Prime Wholesales, Inc. Además, ordenó a las co-querelladas Garage Isla Verde, Mercedes Benz USA, LLC (en adelante, Mercedes Benz) y Prime Wholesalers, Inc. que le reembolsaran a Berríos la cantidad de trece mil novecientos cuarenta y un dólares con treinta y cinco centavos ($13,941.35) y le relevaran del remanente del contrato de venta al pormenor a plazos con Popular Auto, Inc.1
El 7 de septiembre de 2004, emitimos Resolución en el caso KLRA200400630 en la que ordenamos su consolidación con el caso KLRA200400631 presentado por Mercedes Benz el 6 de agosto de 2004, debido a que ambos recursos versan sobre las mismas cuestiones de hechos y de derecho.
Los hechos pertinentes al caso que nos ocupa serán expuestos a continuación.
El 26 de agosto de 2002, Berríos presentó querella sobre garantía de vehículo de motor ante el D.A.C.O. contra Prime Wholesalers, Inc. y Popular Auto, Inc. Señaló que el 17 de septiembre de 2001, había adquirido de la co-querellada Prime Wholesales, Inc. un vehículo de motor, marca Mercedes Benz, modelo C230 Kompresor, año 2002, por la cantidad de treinta y nueve mil setecientos dólares ($39,700), mediante un contrato de financiamiento con Popular Auto, Inc. Alegó que el automóvil se quedaba sin gasolina mientras estaba en marcha. Además, alegó que el vehículo llevaba dos (2) meses en el taller de Garage Isla Verde sin que el desperfecto pudiera ser corregido.
El 8 de octubre de 2002, un técnico del D.A.C.O. inspeccionó el vehículo. De acuerdo al informe de inspección, la unidad no presentó defecto alguno durante la prueba de carretera realizada.
El 27 de noviembre de 2002, Berríos presentó Objeción A Informe Técnico Solicitud de Enmienda A Querella. Expuso que no estaba de acuerdo con el informe de inspección emitido por el D.A.C.O y solicitó que se enmendara la querella a los fines de incluir como parte querellada a Garage Isla Verde.
Luego de varios trámites procesales interlocutorios, el 10 de julio de 2003, el D.A.C.O. celebró vista administrativa en el caso de epígrafe. Del expediente surge que, las partes acordaron la suspensión de los procedimientos con el propósito de que Berríos enmendara su querella para incluir como parte indispensable a Mercedes Benz, quien era el fabricante del vehículo de motor.
El 15 de julio de 2003, Garage Isla Verde presentó Moción Informativa Y En Cumplimiento De Orden, en la que le notificó al D.A.C.O. que la dirección postal de Mercedes Benz era la siguiente: 3 Paragon...
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