Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2005, número de resolución KLAN0301038
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0301038 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2005 |
DOLORES DEL VALLE MELÉNDEZ y la Sucesión de WENCESLAO LÓPEZ RIVERA compuesta por SANTOS, MAXIMINO, SEGUNDA, JUANA, AIDA LÓPEZ CARRASQUILLO, HUMBERTO, MANUELA, VIRGINIA, JOSÉ, MARÍA, ISABEL, FRANCISCO LÓPEZ COLÓN representados por su ALBACEA Y HEREDERO GERMÁN LÓPEZ DEL VALLE
DELFINA NIEVES DEL VALLE, LUZ DEL VALLE ESCUDERO
KLAN0301038
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina
Sobre: Expediente de Dominio
Caso Civil Núm.
FJV1995-0076(408)
Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda de Hostos, la Juez Hernández Torres y el Juez Martínez Torres.
Martínez Torres, Juez ponente
Las interventoras-apelantes, Delfina Nieves Del Valle y Luz Del Valle Escudero (en adelante, Nieves y Del Valle, respectivamente), nos solicitan que revoquemos la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (Hon. Herman Lugo Del Toro, Juez). En la sentencia, el tribunal ordenó la inscripción del inmueble objeto del proceso de expediente de dominio presentado por la parte peticionariaapelada. Las interventorasapelantes, Nieves y Del Valle, contienden que la parte peticionariaapelada no adquirió el dominio de dicho inmueble, pues el mismo pertenecía a los antecesores de las interventorasapelantes. Por los
fundamentos que expresaremos a continuación, confirmamos la sentencia apelada.
I
El 29 de septiembre de 1995, los peticionariosapelados, Dolores Del Valle Meléndez y la Sucesión de Wenceslao López Rivera, radicaron una solicitud de expediente de dominio sobre seis (6) fincas que agruparon para formar un predio de terreno de 23.0042 cuerdas de terreno. Posteriormente, al pleito intervinieron el Sr. Santos Flores y Librada Colón, y alegaron que la finca agrupada, de la cual se solicitaba expediente de dominio, incluía un lote que antes había sido permutado por los peticionariosapelados a ellos. De conformidad con las alegaciones, el tribunal concluyó que la inclusión de esos terrenos en la escritura de agrupación se había hecho por error y que éste había sido subsanado por la parte peticionaria-apelada al enmendar la petición y el plano de mensura, para excluir dicha finca perteneciente a...
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