Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2005, número de resolución KLAN0301038

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0301038
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2005

LEXTCA20050329-01 Del Valle v. Nieves Del Valle

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

DOLORES DEL VALLE MELÉNDEZ y la Sucesión de WENCESLAO LÓPEZ RIVERA compuesta por SANTOS, MAXIMINO, SEGUNDA, JUANA, AIDA LÓPEZ CARRASQUILLO, HUMBERTO, MANUELA, VIRGINIA, JOSÉ, MARÍA, ISABEL, FRANCISCO LÓPEZ COLÓN representados por su ALBACEA Y HEREDERO GERMÁN LÓPEZ DEL VALLE

Peticionarios-Apelados

Ex-parte

v.

DELFINA NIEVES DEL VALLE, LUZ DEL VALLE ESCUDERO

Interventores-Apelantes

KLAN0301038

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina

Sobre: Expediente de Dominio

Caso Civil Núm.

FJV1995-0076(408)

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda de Hostos, la Juez Hernández Torres y el Juez Martínez Torres.

Martínez Torres, Juez ponente

sENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de marzo de 2005.

Las interventoras-apelantes, Delfina Nieves Del Valle y Luz Del Valle Escudero (en adelante, Nieves y Del Valle, respectivamente), nos solicitan que revoquemos la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (Hon. Herman Lugo Del Toro, Juez). En la sentencia, el tribunal ordenó la inscripción del inmueble objeto del proceso de expediente de dominio presentado por la parte peticionaria–apelada. Las interventoras–apelantes, Nieves y Del Valle, contienden que la parte peticionaria–apelada no adquirió el dominio de dicho inmueble, pues el mismo pertenecía a los antecesores de las interventoras–apelantes. Por los

fundamentos que expresaremos a continuación, confirmamos la sentencia apelada.

I

El 29 de septiembre de 1995, los peticionariosapelados, Dolores Del Valle Meléndez y la Sucesión de Wenceslao López Rivera, radicaron una solicitud de expediente de dominio sobre seis (6) fincas que agruparon para formar un predio de terreno de 23.0042 cuerdas de terreno. Posteriormente, al pleito intervinieron el Sr. Santos Flores y Librada Colón, y alegaron que la finca agrupada, de la cual se solicitaba expediente de dominio, incluía un lote que antes había sido permutado por los peticionariosapelados a ellos. De conformidad con las alegaciones, el tribunal concluyó que la inclusión de esos terrenos en la escritura de agrupación se había hecho por error y que éste había sido subsanado por la parte peticionaria-apelada al enmendar la petición y el plano de mensura, para excluir dicha finca perteneciente a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR