Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2005, número de resolución KLAN200400718

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200400718
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2005

LEXTCA20050329-07 Vacation Ownership Lending,LP v. Texidor

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN, PANEL VII

VACATION OWNERSHIP LENDING, LP Demandante-Apelada v. BENITO TEXIDOR VANGIE CABAILLAS RIVERA y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos Demandados-Apelantes KLAN200400718 A P E L A C I O N Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja Caso Núm. CD2001-0946 Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Miranda de Hostos y la Juez Pabón Charneco

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de marzo de 2005.

En la causa del epígrafe los codemandados-apelantes Sr. Benito Texidor, Sra.

Vangie Cabaillas Rivera y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, solicitan que revoquemos la sentencia emitida el 13 y archivada copia de su notificación el 27 de mayo de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Subsección de Distrito, Sala de Vega Baja (TPI), que declaró con lugar la solicitud de sentencia sumaria en causa de cobro de dinero presentada por la parte demandante.

Hechos

El 24 de enero de 1998 Vacation Ownership Lending, L.P. (Vacation) prestó a los esposos Benito Texidor y Vangie Cabaillas Rivera la suma de $9,000.00 con intereses a razón de

15%, conforme expone el contrato de préstamo núm.

880. El préstamo es pagadero en 60 pagos mensuales a vencer el 1 de julio de 2004. El 30 de julio de 1999 el Sr. Texidor y su esposa otorgaron un pagaré hipotecario a favor de Vacation por $9,000.00 con el propósito de garantizar el pago de la deuda antes mencionada. El pagaré, a su vez, quedó garantizado por una hipoteca sobre el derecho real de una semana al año (“Time-Sharing”) hasta el 2070 en la unidad A-501 de Hacienda del Mar en Vega Alta, P.R. o en cualquier complejo hotelero a través del mundo afiliado a Vacation Club Regime, según consta de la escritura de hipoteca número 37, otorgada el 30 de julio de 1999 ante el notario Francisco Arriví

Silva. (Apéndice, Anejo 3). Alegadamente, los esposos Texidor-Cabaillas no realizaron pago alguno del préstamo, a pesar de los trámites extrajudiciales de cobro realizados por Vacation.

Así las cosas, el 5 de septiembre de 2001 Vacation demandó en cobro de dinero y ejecución de hipoteca (CD01-0946) contra el Sr. Benito Texidor, su esposa la Sra. Vangie Cabaillas y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos. Alegó que los demandados adeudaban $9,000.00 de principal más los intereses pactados y $575.00 de recargos por demora. Solicitó, además, que en defecto del pago se ordenara la ejecución de la hipoteca y que el derecho real hipotecado fuera vendido en pública subasta para abonar a las sumas adeudadas. Luego de ello, el trámite ante el expediente judicial quedó detenido.

El 11 de abril de 2003 el TPI emitió una orden en la que requirió a las partes que expusieran por escrito las razones por las cuales no se debía desestimar la causa de epígrafe al no haberse efectuado trámite en seis meses.

El 25 de junio de 2003 Vacation presentó “Moción en cumplimiento de orden y solicitud para que se dicte sentencia en rebeldía”. Señaló que la parte demandada había sido debidamente emplazada el 6 de octubre de 2001 y que vencido el término para contestar no habían comparecido por lo que solicitaron la anotación de la rebeldía. La misma fue concedida mediante orden notificada el 24 de mayo de 2002.

El 18 de julio de 2003 compareció por primera vez la parte demandada y solicitó que se dejara sin efecto la anotación de rebeldía y se desestimara la acción en su contra. Fundamentó tal solicitud en que la parte demandante no había justificado la inactividad del caso y que por ser una sociedad especial organizada conforme a las leyes de la Florida, E.U.A., correspondía prestase una fianza de no residente al amparo de la Regla 69.5 de las de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. sec. Ap. III R. 69.5. Vacation replicó y expuso que durante los meses de inactividad judicial sostuvo conversaciones extrajudiciales con dos representantes legales de la parte demandada con ánimo y propósito de arribar a un acuerdo transaccional que no rindió fruto. En cuanto a la fianza de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR