Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2005, número de resolución KLCE0401480

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0401480
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005

LEXTCA20050330-19 Meléndez Mena v. Meléndez Eguía

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN

ANGEL M. MELÉNDEZ MENA Peticionario/Recurrido EX-PARTE v. BEGOÑA INÉS MELÉNDEZ EGUÍA Y ANGEL MANUEL MELÉNDEZ EGUÍA Parte con Interés/Peticionaria
KLCE0401480
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Sobre: Declaratoria de Herederos Civil Núm.: DJV2001-1102

Panel sustituto integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, la Jueza Pabón Charneco y el Juez Sepúlveda Santiago

Pabón Charneco, Jueza Ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2005.

Comparecen ante nos, Begoña Inés Meléndez Eguía y Angel Manuel Meléndez Eguía, en adelante, los peticionarios, solicitando la revocación de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón.

Mediante dicho dictamen, el tribunal a quo denegó escritos intitulados “Moción en Torno a Resolución Aprobando el Informe Anual del Albacea” y “Moción Solicitando que se Deje sin Efecto Informe Final por Falta de Información a los Herederos Begoña y Manuel Meléndez Eguía” presentadas por los peticionarios.

Por las razones que esbozamos a continuación se deniega la expedición del auto solicitado.

I

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, el 23 de octubre de 2001, Angel Manuel Meléndez Mena, como Albacea Testamentario de María Begoña Eguía Dávila, en adelante, la causante, interpuso una “Solicitud de Cartas Testamentarias”. La misma fue debidamente apoyada por el Certificado de Defunción de la causante. Angel Manuel Meléndez Mena, en adelante, el Albacea, había sido debidamente designado mediante testamento abierto otorgado ante el Notario Manuel Fermín Arraiza (Escritura Núm. 5 de 8 de marzo de 1996). Copia certificada de la escritura del testamento abierto, la certificación acreditando haber registrado el documento ante el Tribunal Supremo acompañaron la petición así como la aceptación del cargo de albacea debidamente juramentada por el Notario Juan L. Cruz Rosario.

El Tribunal de Primera Instancia expidió la Carta Testamentaria o de Albaceazgo el 31 de octubre de 2001, archivándose copia de su notificación el 3 de diciembre de 2001.

El 6 de diciembre de 2002, el tribunal a quo expidió una Orden declarando Con Lugar una solicitud presentada por el Albacea a fin de que se extendiera por un (1) año el plazo legal estatuido para...

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