Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2005, número de resolución KLCE0401457

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0401457
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2005

LEXTCA20050330-27 Dr.Ortiz Rubio v. Tribunal Examinador de Medicos de P.R

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

DR. JOSÉ RAÚL ORTIZ RUBIO Peticionario v. TRIBUNAL EXAMINADOR DE MÉDICOS DE PUERTO RICO Y OTROS Recurridos KLCE0401457 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Mandamus, Injunction y Daños y Perjuicios KPE03-2743 (904)

Panel integrado por su presidente, Juez Urgell Cuebas y los Jueces Cordero y Rodríguez Muñiz.

Cordero, Juez Ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico a 30 de marzo de 2005.

El Dr. José Raúl Ortiz Rubio (“doctor Ortiz Rubio”) presentó el 10 de noviembre de 2004 un recurso de Certiorari en el que nos solicitó la revisión de una orden emitida el 4 de octubre de 2004, notificada el 11 de octubre de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (“TPI”) mediante la cual se declaró “No Ha Lugar” la “Moción en Solicitud de Orden”

presentada por el doctor Ortiz Rubio el 23 de septiembre de 2004. En ésta última éste interesaba que se emitiera una orden contra el Tribunal Examinador de Médicos de Puerto Rico (TEM) para que se resolviese su querella dentro de un término de 30 días sobre la concesión de certificaciones en la

especialidad de medicina ocupacional a personas que no reunían los requisitos, según éste, entre otros remedios.

I

El doctor Ortiz Rubio presentó el 15 de agosto de 2003 una Demanda denominada mandamus, injuction y daños y perjuicios ante el TPI mediante la cual indicó que para el año 1997 solicitó al TEM que lo certificara como Especialista en Medicina Ocupacional. El doctor Ortiz Rubio señaló que el TEM denegó su solicitud por no cumplir con el requisito de haber estado un año de internado en algún instituto reconocido por elAccreditation Council on Graduate Medical Education. Por lo que el doctor Ortiz Rubio tuvo que realizar el año de internado para que el TEM le concediera la certificación como Especialista en Medicina Ocupacional. El doctor Ortiz Rubio señaló que el TEM ha estado otorgando la certificación de Especialidad en Medicina Ocupacional t/c/c Medicina Industrial a médicos que no cumplen con los criterios establecidos por elAmerican Board of Preventive Medicine y el Reglamento del TEM. Así las cosas, el doctor Ortiz Rubio indicó que reclamó al TEM sobre dichas actuaciones y que éste no atendió su reclamo. Es decir, el doctor Ortiz...

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