Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Abril de 2005, número de resolución KLAN0401420

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0401420
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución14 de Abril de 2005

LEXTCA20050414-07 Tel. Larga Distancia de P.R v. Artcomn Global Serv.,Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

TELEFÓNICA LARGA DISTANCIA DE PUERTO RICO

Demandante-Apelada

v.

ARTCOM GLOBAL SERVICES, INC.

Demandada-Apelante

KLAN0401420

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón

Sobre: Reivindicación de Propiedad; Daños y Perjuicios y Cobro de Dinero

Caso Civil Núm.

DAC2002-2987(506)

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Martínez Torres.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de abril de 2005.

Acude ante nos, mediante recurso de apelación, la parte demandada-apelante, Artcom Global Services, Inc. (“Artcom”) para que revoquemos la sentencia dictada sumariamente por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, en el caso DAC-02-2987.

La parte apelada, Telefónica Larga Distancia de Puerto Rico (“TLD), compareció oportunamente para exponer sus planteamientos a favor de la confirmación de la sentencia dictada. Teniendo el beneficio de ambas comparecencias y de los documentos presentados, procedemos a confirmar la sentencia apelada.

I

La relación entre TLD, la parte demandante-apelada, y Artcom, la parte demandada-apelante, comenzó el día 8 de julio de 1999. En dicha fecha, la compañía Sistemas e Instalaciones de Telecomunicación, S.A. (“Sintel”) confirmó una oferta realizada a ésta por Telefónica, S.A. (“Telefónica”) para que desarrollara un proyecto de infraestructura de fibra óptica en Puerto Rico. El negocio sería uno de tipo “llave en mano” o “turnkey” en el cual la filial de Sintel en Puerto Rico, Artcom (parte demandada-apelante), tendría a cargo la obra y, una vez terminada, ésta pasaría a ser propiedad de TLD. Artcom trabajaría bajo la supervisión y asistencia de Sintel. Ya para el 26 de agosto, TLD le comunicó directamente a Artcom el acuerdo al que había llegado con Telefónica y Sintel, de manera que comenzara el proyecto.

Llegado el 24 de noviembre de 1999 sin que Artcom hubiera adelantado el proyecto, TLD decidió abandonar o cancelar el proyecto y ordenó que se paralizara de inmediato la construcción y acopio de equipo. Tras la paralización, las partes acordaron que Artcom devolvería a Sintel, en España, el cable de fibra óptica para ser usado en otros proyectos. Artcom no devolvió el cable, sino que se lo facturó a Sintel. Mediante carta de 7 de diciembre de 1999, Artcom le confirmó a TLD que habían sometido una factura a Sintel, S.A., por concepto de los trabajos realizados en el proyecto. En dicha carta, Artcom indica además: “según acordado, será la empresa Sintel, la que someterá la factura final para su consideración y acción.” O sea, Sintel le facturaría a TLD. Véase Apéndice de la Apelante a la página 129. Según acordado, Sintel envió a TLD una factura por la cantidad de $1,084,106, por concepto de suministro de materiales para la construcción del anillo de fibra óptica para TLD en San Juan, P.R.

La referida factura fue pagada por TLD por virtud de la operación de una cláusula de compensación de deudas existente entre Sintel y Telefónica. Sintel International Corp. había suscrito anteriormente cierto contrato de compraventa de acciones con Telefónica, afiliada de TLD, que incluía la referida cláusula de compensación y daños. En dicho contrato, Sintel autoriza “expresa e irrevocablemente a Telefónica para que pueda aplicar de forma libre y directamente al pago de las obligaciones... cualesquiera créditos que Sintel tuviera frente a las sociedades que conforman el grupo de empresas de Telefónica.” Ante el incumplimiento de Sintel, Telefónica procedió a pedirle a sus afiliadas que cualquier deuda que tuvieran con Sintel fuera satisfecha a favor de Telefónica.

Ante esta situación, TLD pagó la factura de $1,084,106 a Telefónica, en pago de los equipos que Sintel le enviara a Artcom. TLD pagó por el equipo de fibra óptica suministrado por Sintel a Artcom, pero Artcom sigue en posesión del mismo. TLD requirió en múltiples ocasiones que Artcom le entregara el equipo por el cual pagó, o que le devolviera el dinero pagado...

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