Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Abril de 2005, número de resolución KLRA200400061

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200400061
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005

LEXTCA20050428-08 Rivera Marrero v. Paris Auto Sales,Inc,

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN

CARLOS RIVERA MARRERO Peticionario V. PARIS AUTO SALES INC., FORD MOTOR CREDIT Recurrida KLRA200400061 KLRA200400071 Revisión judicial de resolución administrativa emitida por DACO Querella Núm. 300006685 SOBRE: RESOLUCIÓN DE CONTRATO

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Juez Cotto Vives y el Juez Soler Aquino.

Soler Aquino, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2005.

La recurrente, Paris Auto Sales Inc., solicita la revisión de una resolución dictada por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) el 8 de enero de 2004. Alega que el foro recurrido erró al:

  1. determinar que no se cumplió con los elementos esenciales del contrato en la venta del vehículo, esto en reconsideración.

  2. al dejar sin efecto su resolución del 15 de septiembre de 2003, variando las determinaciones de hecho que estableció la juez que recibió la prueba.

    El recurso de título ha sido consolidado con el recurso KLRA040071, radicado por Ford Motor Credit, a quien le fue

    cedido el contrato de venta del vehículo en controversia, para impugnar la mismo resolución administrativa.

    El recurrido, Carlos M. Rivera Marrero, radicó una querella ante el DACO contra la recurrente. Alegó que pactó con ésta la compra de un vehículo de motor por el precio de $34,500, incluyendo el pago del seguro Double Interest. Según el querellante, a pesar de que así fue establecido en la orden de compra y en el contrato de compraventa, el precio de venta fue alterado sin su autorización.

    Sus gestiones para resolver la discrepancia fueron infructuosas. La querellada París Auto Sales solicitó el cierre y archivo del caso alegando que la querella no aduce hechos que ameriten la concesión de un remedio.

    El foro administrativo celebró una vista a la que comparecieron ambas partes representadas por sus abogados y la abogada de Ford Motor Credit, cesionaria del contrato. Conforme a la prueba presentada, la agencia determinó como hechos probados que:

  3. El día 22 de enero de 2003, el Sr. Carlos Rivera acudió a las facilidades de la firma querellada, Paris Auto Sales, con el propósito de comprar un vehículo Kia modelo Sorento del año 2003, con tablilla número EXH-70.

  4. El Sr. Enrique Espinel, vendedor de la firma querellada, le ofreció a la querellante la referida unidad por el precio de $34,500.00 dólares.

  5. El Sr. Rivera Marrero aceptó dicho precio y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR