Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Abril de 2005, número de resolución KLCE0500101

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0500101
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005

LEXTCA20050428-21 Colón v. Morales Colón

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA

PANEL XI

JOSÉ A. DAVID COLÓN Peticionario v. ÁNGEL L. MORALES COLÓN Recurrido
KLCE0500101
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama Civil Núm. GDP1998-0085 Sobre: Traslado de caso a Tribunal Federal

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, y los Jueces Feliciano Acevedo y Salas Soler

Salas Soler, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de abril de 2005.

El 21 de octubre, notificada el 28 de diciembre de 2004, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, Hon. Juez Eduardo Grau Acosta, en adelante, (“T.P.I.” o, “Instancia”), luego de atender mociones en solicitud y oposición de certificación de traslado, del Caso Civil Núm. GDP1998-0085, sobre: Daños y Perjuicios ante su consideración, ordenó que el mismo se traslade al Tribunal de Distrito Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, en lo sucesivo, (“Tribunal Federal”). Para su acción, determinó que el demandado compareciente, Ángel Luis Morales Colón, (“Morales”), cuando ocurrieron los hechos

objeto de la demanda, era agente de la Policía de Puerto Rico, (“P.P.R.”), formalmente en destaque “deputized” en un, “Task Force” del Servicio de Aduanas Federal, “United States Custom Services”, por lo que sus alegadas actuaciones en contra del demandante, señor José A. David Colón, (“David”), en el caso federal fueron en funciones como agente de dicha agencia. Por considerar correcta en derecho la determinación de instancia, denegamos la expedición del auto solicitado.

Exponemos.

De manera sucinta, los hechos alegados que avalan la demanda de daños ante Instancia son los siguientes. Los demandados Morales y Roberto Escobar, el segundo no es parte de esta causa al obtener una certificación del Fiscal General de que sus actuaciones estaban comprendidas dentro del marco de sus funciones como empleado federal, trasladándose la demanda contra él al Tribunal Federal, donde se desestimó, Civil Núm. 99-1552, en unión a otros agentes, actuaron de forma negligente o con malicia, acción que dio margen al confinamiento de David en una prisión federal por cerca de dos años por delitos relacionados con el trasiego de drogas. Posteriormente las autoridades desistieron de los cargos imputados al declarar la testigo instrumental, que Morales y Escobar...

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