Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Mayo de 2005, número de resolución KLCE0401236
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0401236 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2005 |
RAFAEL VILLAFAÑE PADILLA Y OTROS Recurridos V. WARNER-LAMBERT, INC. Peticionaria | KLCE0401236 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Reclamación de Salarios Casos Núms: KPE95-0509 KPE95-0595 KPE95-0596 |
Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez González Vargas
Aponte Hernández, Juez Ponente
R E S O L U C I Ó
N
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de mayo de 2005.
La peticionaria, Warner Lambert, Inc., nos solicita que revoquemos la orden emitida el 10 de agosto de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante, TPI). Mediante la misma, dicho foro declaró no ha lugar su Moción de Reconsideración de Orden del 7 de julio de 2004, en Torno a Varias Mociones Solicitando Sustitución de Parte y en Solicitud de Desestimación, en la que la peticionaria solicitaba que se dejara sin efecto la sustitución de varios demandantes fallecidos y se ordenara la desestimación de sus reclamaciones.
Por las consideraciones que se expresan a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado.
I
Warner Lambert, Inc. era una corporación debidamente autorizada a llevar a cabo negocios en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico que se dedicaba a la manufactura de productos farmacéuticos y para consumo humano, con plantas en Fajardo, Carolina y Vega Baja. Pfizer Pharmaceuticals, Inc. pasó a operar y controlar las operaciones de Warner Lambert, Inc. en Puerto Rico.
El 2 de agosto de 1995, Rafael Villafañe Padilla y otros 79 empleados de la planta de Carolina, presentaron una demanda sobre reclamación de salarios y otros beneficios, contra Warnert Lambert, Inc. y Pfizer Pharmaceutical, Inc., como patrono sucesor (en adelante, Warner Lambert).1 Reclamaron, entre otros remedios, el pago por las horas trabajadas durante el tiempo de tomar alimentos, el séptimo día de descanso, el pago del diferencial correspondiente a las horas extras trabajadas en turnos de trabajo que tenían ese beneficio, el pago por vacaciones acumuladas o fraccionadas, horas extras no pagadas, licencia por enfermedad, beneficios de plan de ahorros, entre otras reclamaciones. Warner Lambert presentó su contestación.
Luego de varios trámites procesales, Warner Lambert notificó un Primer Pliego de Interrogatorio, Requerimiento de Admisiones y Requerimiento de Producción de Documentos. Durante la vista de seguimiento el 10 de mayo de 2004, el TPI ordenó a varios demandantes a contestar en veinte días el pliego de interrogatorios, so pena de desestimar sus reclamaciones.2 La parte demandante presentó Moción Informativa y en Cumplimiento de Orden, mediante la cual informó, entre otras cosas, que habían fallecido ocho co-demandantes sin que hubieran contestado el interrogatorio. Subsiguientemente, dicha parte presentó Moción Informativa notificando las gestiones realizadas con los miembros de las sucesiones de cada uno de los fallecidos.
Mediante Orden emitida el 14 de junio de 2004, notificada el 17 de junio de 2004, entre otros asuntos, el TPI dictaminó la...
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