Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2005, número de resolución KLCE200500449

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200500449
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005

LEXTCA20050531-12 Maldonado Nicolau v. Crown Life CanadaLife Insurance Comp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

PAULITA C. MALDONADO NICOLAU Demandantes-Recurridos v. CROWN LIFE, CANADA LIFE ASSURANCE COMPANY Demandados-Peticionarios
KLCE200500449
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan KAC2003-2305 (803)

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, y los jueces González Rivera y Ramírez Nazario.

Ramírez Nazario, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2005.

Crown Life Insurance Company (en adelante Crown Life), nos solicita la revisión de una resolución dictada el 9 de marzo de 2005, por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante TPI), la cual fue notificada y archivada en autos el 18 de marzo de 2005. En esta orden se le dan 10 días a Crown Life, para que conteste unas preguntas de un interrogatorio que le fue enviado por la parte recurrida, Paulita C. Maldonado Nicolau (en adelante señora Maldonado). Entiende la parte peticionaria, Crown Life, que lo que se pretende descubrir está fuera del alcance de lo permitido por las Reglas de Procedimiento Civil.

Examinada la petición de certiorari, el alegato de la recurrida y el derecho aplicable, resolvemos expedir el auto y

modificar la resolución dictada por el TPI. Así modificada se confirma.

I.

La señora Maldonado adquirió una póliza de seguro de vida con Crown Life el 6 de abril de 1987. El 6 de septiembre de 2002, Crown Life le envía una carta pidiéndole un pago de $791 para cubrir los costos mensuales del mes de septiembre y evitar que caducara la póliza. Crown Life no le explica cómo llega a esa cantidad. El 5 de diciembre de 2002, le envían otra carta diciéndole que el pago de la prima del mes de diciembre no había sido pagada por el banco y que por lo tanto el pago correspondiente se le reducía de los valores de la póliza. Al recibo de dicha carta, la señora Maldonado envío dos cheques de $131 cada uno para cubrir la prima no honrada y el mes siguiente. Crown Life le envío una carta el 13 de enero de 2003, acusando recibo de los dos pagos y aclarando que no podían aplicarlos a su póliza porque la misma había caducado. Con fecha de 3 de enero de 2005, Crown Life le envió otra carta a la señora Maldonado indicándole que tenía que solicitar reinstalación de su póliza y le enviaron una tabla ilustrativa del historial de la póliza al momento de cancelarse la misma.

La señora Maldonado hace un análisis de la tabla que le enviaron y concluyó que al momento de la cancelación de la póliza no había deficiencia de dinero y por lo tanto, no se justificaba la cancelación. Así se lo informó a Crown Life. Crown Life nunca le pudo explicar satisfactoriamente la diferencia entre los gastos y nunca le notificó la cantidad que debía pagar para evitar la cancelación de la póliza.

No conforme, la señora Maldonado acude al TPI y le pide que: i) determine que no procedía el envío del cobro adicional ya que para el mes de septiembre de 2002, no había deficiencia en la póliza, que para diciembre de 2002 tampoco había deficiencia en la póliza que justificara su cancelación y por lo tanto no debió haber sido cancelada; ii) que Crown Life autorizó la sustitución del debito y debió haber aceptado los pagos y iii) que si Crown Life insiste en no aceptar los pagos se le obligue a devolver la totalidad de la prima pagada durante la vigencia de la póliza más intereses...

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