Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Junio de 2005, número de resolución KLAN0500145

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0500145
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Junio de 2005

LEXTCA20050615-01 Santiago Luna v. Compañía Foránea Desconocida

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL XI

ANÍBAL SANTIAGO LUNA, Y OTROS Demandantes-Apelantes v. COMPAÑÍA FORÁNEA DESCONOCIDA, Y OTROS Demandados-Apelados ____________________________ ANÍBAL SANTIAGO LUNA, Y OTROS Demandantes v. COMPAÑÍA FORÁNEA DESCONOCIDA, Y OTROS Demandados-Apelados CORPORACIÓN FONDO DEL SEGURO DE ESTADO Interventor-Apelante
KLAN0500145
KLAN0500152
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil Núm. EDP-1994-0243 ______________ APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil Núm. EDP-1994-0243 (404) Sobre: Patrono Estatutario, Procedencia de Sentencia Sumarias.

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez y los jueces Feliciano Acevedo y Salas Soler

Salas Soler, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de junio de 2005.

Por entender que el mecanismo procesal de trámite y sentencia sumaria utilizado no es el adecuado para resolver

las controversias que las causas presentan, revocamos las sentencias parciales emitidas. Exponemos.

El Tribunal de Primera Instancia, (“T.P.I.”) O, “Instancia”), Sala Superior de Caguas, en el Caso EDP1994-0243 sobre Daños y Perjuicios, emitió sumariamente dos Sentencias Parciales, una el 5 de octubre de 2004, la segunda el 11 de octubre de 2004, que fueran notificadas el 14 de octubre del mismo año. La primera sentencia desestima la demanda que presentara Aníbal Santiago Luna (“Santiago”) y otros, contra varios demandados, ahora apelados, en específico la Autoridad de Energía Eléctrica, (“A.E.E.”) y su aseguradora, Federal Insurance Company.

La segunda sentencia emitida el 11 de octubre de 2004, desestima la demanda que Santiago radicara contra Heriberto Díaz (“Díaz”), Smith Kline Beecham Pharmaceuticals, (“SKB”), American International Co. of P.R., (“AIC”), el matrimonio de Waldemar Rodríguez y, Carmen Lydia Montalbán y la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico, (“Coop”).

Instancia dictó las sentencias luego de considerar las mociones de Sentencia Sumaria que presentaran los entonces demandados y ahora, “apelados”. Acogida una Moción de Reconsideración y evaluada la, “Moción Solicitando Determinaciones Adicionales de Hechos y Conclusiones de Derecho” presentadas por Santiago ante Instancia, el foro recurrido notificó el 4 de enero de 2005, Resolución declarando no ha lugar ambas mociones. Las dos sentencias se apelaron oportunamente; Santiago apeló el 1 de febrero de 2005, Caso KLAN2005-00145 y, la parte apelante-interventora la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, (“C.F.S.E.”), el 2 de febrero de 2005, Caso Núm.

KLAN2005-00152.

Examinadas las causas preliminarmente, ordenamos el 17 de febrero de 2005 su consolidación por tratarse sustancialmente de los mismos hechos y partes.

Concedimos término de veinte (20) días a las partes apeladas para que se expresaran. Durante el transcurso de los últimos cuatro meses mediaron varias solicitudes de prórrogas por las partes, las cuales fueron concedidas, para someter sus alegatos. Igualmente, concedimos el 4 de abril de 2005, término improrrogable de diez días para que la parte apelante completara el apéndice de su recurso lo que diligentemente realizó.

Tenemos el beneficio de los alegatos sometidos por las partes apeladas en torno a las dos causas. Por no coincidir necesariamente los señalamientos de error formulados por Santiago y la C.F.S.E., las partes aunque en conjunto, sometieron alegatos por separado sobre ambos casos.

I

Santiago se accidentó el 25 de octubre de 1993, mientras operaba un camión de carga de agregados realizando labores de remoción de tierra y escombros para la SKB en su planta localizada en el Municipio de Cidra.

Mientras Santiago descargaba los escombros de la obra que se realizaba en la SKB, al subir la caja de camión, la misma hizo contacto con unos cables de alta tensión de 8,320 voltios, pertenecientes a la...

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