Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2005, número de resolución KLCE200500568

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200500568
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Junio de 2005

LEXTCA20050630-65 Pérez Alvarez v. Ramos Ramos

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE AGUADILLA

CARLOS PEREZ ALVAREZ Y GLADYS AYALA VELILLA HNC “SORTIJAS Y SORTIJAS” PETICIONARIOS VS JUAN A. RAMOS RAMOS, FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL HNC “LUAN INVESTMENT S.E.” MIRTA RAMOS RECURRIDOS KLCE200500568 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de AGUADILLA Caso Núm: AAC20010189(404) ACCION CIVIL

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova y los jueces Córdova Arone y Escribano Medina

Escribano Medina, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 30 de junio de 2005.

CARLOS PEREZ ALVAREZ, ET ALS, (peticionarios) solicitan la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (Hon. Miriam Santiago Guzmán, J) emitida el 12 de abril de 2005, archivada en autos copia de su notificación el 14 de abril de 2005, en el caso Carlos Pérez Álvarez, et als v. Juan Ramos Ramos, et als, caso núm.

AAC2001-0189, sobre: Incumplimiento de Contrato.

Mediante la referida resolución, el foro de instancia denegó una solicitud para enmendar la demanda presentada por los peticionarios.

I

Las partes de epígrafe celebraron un contrato de arrendamiento mediante el cual la sociedad especial Luan Investment, S.E. (Luan) arrendó a los peticionarios el local K-14 ubicado en el aguadilla Mall de Aguadilla, Puerto Rico. El canon pactado era de $1,500.00 mensuales los primeros tres años y $1,650.00 mensuales por los dos años siguientes para un total de cinco años.

El 7 de diciembre de 2001, los peticionarios presentaron demanda contra Luan alegando incumplimiento del contrato de arrendamiento, esto al permitirse unas ferias que bloqueaban las vitrinas del negocio de los peticionarios, interfiriendo con la capacidad de exhibición y constituyendo una competencia desleal. Se alegó además que la Sra. Mirta Ramos, Ejecutiva de Luan, intervino de forma ilegal y maliciosa para evitar que los peticionarios vendieran su negocio.

Así las cosas, durante el periodo de descubrimiento de prueba, los peticionarios recibieron documentación de la cual surgió la posibilidad de que Luan estuviese administrando el contrato celebrado de forma deshonesta. Esto es, Luan tenía a su cargo empleados de mantenimiento cuyo salario era pagado en un cincuenta porciento (50%) por la compañía Vetelva, compañía que administraba fondos federales para tales fines, y el otro cincuenta porciento (50%) sería pagado proporcionalmente por los inquilinos del centro comercial. Sin embargo, alegadamente Luan cobraba a los inquilinos el cien porciento (100%) de los salarios de los empleados de mantenimiento sin efectuar el descuento correspondiente a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR