Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2005, número de resolución KLAN200500376

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200500376
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2005

LEXTCA20050831-54 Orobitg Brenes v.

Ignacic Rubí Tome

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

Panel VII

FRANCISCO OROBITG BRENES MARÍA DEL CARMEN RUSSE SANTOS
Demandantes-apelados
v.
PEDRO IGNACIC RUBÍ TOME MARÍA GARCÍA CRUZ RG MORTGAGE CORP.
Demandados-apelante
KLAN200500376
Apelación procedente del Tribunald e Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Civil: D AC2001-0182 cons con K CD2001-1376

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Martínez Torres

Sánchez Martínez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2005.

Este recurso plantea una controversia relativa a la obligación de una de las partes de pagar ciertos intereses por mora después de haber convenido un contrato de transacción judicial en un pleito consolidado de rescición de contrato de compraventa, daños, cobro de dinero y ejecución de hipoteca en el que se incluyó una cláusula sobre condonación de tales intereses. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que, a tenor del contrato de transacción, la acreedora hipotecaria no tenía derecho a cobrar ninguna partida de intereses por mora. Por considerar que la interpretación que le brindó el tribunal

sentenciador a esa cláusula del contrato de transacción es errónea, revocamos el dictamen recurrido.

El 21 de agosto de 2000 los esposos demandantes Francisco Orobitg Brenes y María del Carmen Russe Santos adquirieron mediante un contrato de compraventa una residencia propiedad de los demandados Ignacio Rubí Tomme y María García Cruz por $525,000. Los Orobitg Russe financiaron el inmueble mediante hipoteca a favor de R&G Mortgage Corporation.

Ya en posesión de la casa, los Orobitg Russe decidieron realizarle ciertas mejoras y arreglos cosméticos al inmueble. Para reparar la verja posterior de la casa contrataron una persona que les indicó que el muro de contención sobre el que descansaba la verja estaba cediendo y tenía una grieta que hacía imposible poner más peso sobre él. El constructor les recomendó hacer una excavación para construir una zapata que sirviese de refuerzo al muro de contención. La cotización por ese trabajo excedía los $12,000.

Por otra parte, durante los trabajos de remodelación de los baños, el contratista descubrió que la llave del agua caliente de uno de los baños filtraba agua a través de la pared. Por eso, recomendó la demolición de la pared para evaluar el problema antes de hacer cualquier arreglo.

Los Orobitg Russe también contrataron los servicios de una persona para limpiar el tejado y ésta, mientras cumplía su labor, se percató de que el plafón de la casa era de gypsum board y que el material se había desprendido del lado derecho de la casa, lo que permitía que entrara agua por allí. La casa también tenía problemas con la instalación eléctrica porque en ocasiones el interruptor central se apagaba sin razón aparente. (1)

El 20 de febrero de 2001, los Orobitg Russe demandaron a los Rubí García y a R&G Mortgage Corporation. Solicitaron la rescisión del contrato de compraventa por los vicios de construcción que, según sus alegaciones, hacen la casa inservible para el propósito pretendido. Alegaron que los Rubí

García conocían los defectos de la propiedad y ocultaron la información sobre ellos.

Posteriormente, en su contestación a la demanda, R&G Mortgage planteó que no es responsable por los daños sufridos por los Orobitg Russe, ya que sólo ofrece préstamos hipotecarios y no interviene en la contratación de la compraventa. Por eso, aseveró que desconocía los vicios de construcción del inmueble en cuestión.

Por su parte, los Rubí García alegaron en su contestación a la demanda que los Orobitg Russe adquirieron la propiedad mediante un contrato de compraventa en el que aceptaron la propiedad tal como estaba, con un asentamiento de terreno en el patio trasero, a pesar de que le sugirieron inspeccionar el inmueble. Por consiguiente, sostuvieron que los Orobitg Russe conocían las condiciones físicas del inmueble al comprarlo.

Como consecuencia del incumplimiento de los pagos del préstamo hipotecario, el 17 de agosto de 2001 R&G Mortgage presentó una demanda de cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra los Orobitg Russe. A solicitud de éstos, el tribunal consolidó ambos casos, el de cobro y ejecución de hipoteca y el de daños.

El 15 de octubre de 2003, tras varios incidentes procesales, las partes acordaron en corte abierta la...

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