Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Septiembre de 2005, número de resolución KLAN0500457
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0500457 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2005 |
MÁRÍA ANTONIA PEÑUELA BAQUERO, t/c/p MARÍA ANTONIETA CORTÉS PEÑUELA POR SÍ Y COMO APODERADA DE SU HIJA CATALINA CORTÉS PEÑUELA; FELIPE CORTÉS PEÑUELA | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Mayagüez IPE2001-0302 Sobre: Procedimientos Especiales |
Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y el Juez Escribano Medina
Córdova Arone, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 15 de septiembre de 2005.
¿Tiene una corporación que no ha emergido a la vida corporativa capacidad jurídica para presentar una reconvención? Esta es la cuestión que nos toca resolver hoy.
El 11 de julio de 2001 la Sra. María Antonia Peñuela Baquero (Sra. Peñuela), y Millenium Development Corporation (Millenium), representada por su presidente Don Milton Ruiz Martín, otorgaron un contrato de opción de compra de unos terrenos pertenecientes a la primera. En el referido contrato se hizo constar que Millenium era una corporación organizada conforme a las leyes del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico
El 20 de noviembre de 2001 la Sra. Peñuela presentó demanda sobre entredicho provisional, injunction preliminar y permanente, sentencia declaratoria y daños y perjuicios en contra de Millenium. Aseveró que habían transcurrido los noventa (90) días a partir del otorgamiento del contrato de opción y que Millenuim no había ejercitado su derecho de opción, por lo que solicitaba que se dictara sentencia declaratoria a los efectos de que el contrato no tenía efectos jurídicos que la obligaran a vender las propiedades inmuebles objeto del mismo. La Sra. Peñuela aseveró además, que Millenium no había efectuado los pagos de intereses que estaba devengando la deuda hipotecaria que gravaba la propiedad inmueble, según se había obligado en el contrato de opción de compra. También alegó que Millenium estaba llevando a cabo actos de dominio sobre las fincas objeto del contrato de opción, que ha causado daños en la infraestructura al romper una línea de aguas negras y le ha impedido la entrada a las propiedades.
El 7 de febrero de 2002 Millenium contestó la demanda, negando las aseveraciones de la misma e incluyó una reconvención.
El 16 de septiembre de 2003 el Tribunal...
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