Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Septiembre de 2005, número de resolución KLCE 03-0764
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE 03-0764 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2005 |
RUTH ROSA SOLIS Demandante-Recurrida v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, ET, AL Demandada-Recurrente | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan KDP03-0764 |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, y los jueces González Rivera y Ramírez Nazario.
Ramírez Nazario, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2005.
El Estado Libre Asociado (en adelante el E.L.A.), la ex Secretaria de Justicia, Honorable Anabelle Rodríguez Rodríguez (en adelante la señora Rodríguez) y el ex Director del Negociado de Investigaciones Especiales (en adelante N.I.E.), Miguel Colón Ortiz (en adelante el señor Colón) nos solicitan que se revoque la Orden dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante el T.P.I.) el 10 de junio de 2005, la cual fue notificada a las partes el día 16 de junio de 2005. Mediante ésta, se declara No Ha Lugar la Moción de Desestimación presentada el 24 de mayo de 2005 por el E.L.A. de Puerto Rico. La recurrida Ruth Rosa
Solís (en adelante la señora Rosa) presentó su alegato en oposición.
Examinados detenidamente los alegatos de las partes, resolvemos denegar el auto solicitado y dejar en pleno vigor la Orden recurrida.
El 6 de mayo de 2003, la señora Rosa presentó una demanda por hostigamiento sexual, discrimen y daños y perjuicios contra el E.L.A., el Departamento de Justicia, la señora Rodríguez en su carácter oficial como Secretaria de Justicia, el señor Colón por sí y como funcionario del Departamento de Justicia y otros. El 21 de agosto de 2003, el E.L.A. presentó una Contestación a la Demanda. El Departamento de Justicia presentó una Moción de Desestimación por Falta de Capacidad Jurídica Para ser Demandado. La señora Rodríguez y el señor Colón presentaron, ambos en su carácter oficial, una Moción de Desestimación Por Dejar de Exponer una Reclamación que Justifique la Concesión de un Remedio.
Luego de concedérsele un término a los efectos, la señora Rosa compareció el 16 de octubre de 2003, mediante Moción en Oposición a Solicitud de Desestimación. El 8 de diciembre de 2003, notificada el 30 de diciembre de 2003, el T.P.I. dictó una Sentencia Parcial donde desestimó la causa de acción contra el Departamento de Justicia. En ésta declaró No Ha Lugar la desestimación presentada por la señora Rodríguez y el señor Colón.
El 26 de febrero de 2004, la señora Rodríguez y el señor Colón presentaron un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones solicitando la revisión de la Sentencia Parcial. El 21 de abril de 2004, la señora Rosa presentó su alegato en oposición. El 22 de octubre de 2004, notificada el 10 de noviembre de 2004, el Tribunal de Apelaciones emitió Sentencia desestimando el recurso de certiorari. De esta sentencia se solicitó oportuna reconsideración. El 3 de diciembre de 2004, notificada el 17 de diciembre de 2004, el Tribunal de Apelaciones declaró No Ha Lugar la solicitud de reconsideración.
Los procedimientos entre la señora Rosa y el E.L.A. continuaron en el T.P.I. El E.L.A. le cursó un pliego de interrogatorio a la señora Rosa. El 19 de diciembre de 2003, en consideración al interrogatorio que le enviara el E.L.A., la representación legal de la señora Rosa presentó ante el tribunal una Moción Solicitando Tiempo Adicional para Contestar Interrogatorio. En la misma informó al tribunal que la demandante es miembro de la Guardia Nacional Aérea y del 156th Aerial Port Flight y...
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