Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2005, número de resolución KLAN0500990

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0500990
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005

LEXTCA20051031-10 Autoridad de Carreteras y Transportación de P.R. v. Binet Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN DE PUERTO RICO Peticionaria Vs. JOSÉ A. BINET RODRÍGUEZ Apelante RAMÓN MARTÍNEZ TORRES Apelado KLAN0500990 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Expropiación Forzosa Caso Número: KEF2003-0122

Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Vivoni del Valle

R E S O L U C I Ó

N

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2005.

El señor José A. Binet Romero nos solicita que revoquemos la Sentencia Parcial emitida el 14 de diciembre de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (en adelante, TPI). Mediante la misma, dicho foro ordenó a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico a compensar al señor Ramón Martínez Torres las mejoras que ubican en una parcela expropiada por dicha agencia y ordenó a ésta a consignar en el tribunal la suma de $35,280 para tales propósitos.

Por los fundamentos que expondremos, acogido como certiorari, se deniega el recurso por falta de jurisdicción.

I

La Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (en adelante, Autoridad de Carreteras), interpuso una Petición de Expropiación Forzosa para la adquisición de una finca con cabida de 1,091.0020 metros cuadrados localizada en el término municipal de Hormigueros.1 En la Declaración para la Adquisición y Entrega Material de la Propiedad, se indicó que la adquisición objeto del procedimiento era de necesidad y utilidad pública para el Proyecto AC-200213, Conversión PR-2 a Expreso, Mayagüez-San Germán. De confor-midad con las disposiciones estatutarias aplicables, la Autoridad de Carreteras consignó el estimado del justo valor de la propiedad en la Secretaría del TPI, consistente en la suma de $147,285.

En el Exhibit A de la Petición, fueron incluidos como partes con interés el señor José A. Binet Rodríguez, como dueño registral del terreno; el señor José

  1. Binet Romero (hijo), como encargado de la propiedad; el señor Mastrangelo, como arrendatario del negocio conocido comoEl Shanrila; el Banco Popular de Puerto Rico, por tener un pagaré hipotecario a su favor; el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por concepto de las contribuciones territoriales que se le adeudasen, y John Doe y Richard Doe, nombres...

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