Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2005, número de resolución KLCE0500036

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0500036
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005

LEXTCA20051031-50 Adm. De Servicios y Desarrollo Agropecuario de P.R. v. Adquisición de Parcela de Terreno de 6.5925 Cuerdas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario de Puerto Rico representada por su Administrador, Salvador Ramírez Cardona Parte Recurrida v. Adquisición de parcela de terreno de 6.5925 cuerdas, equivalentes a 25,911.096 metros cuadrados, localizados en Carretera Estatal PR-125, Barrio Bahomamey de San Sebastián, Puerto Rico Manuela Román Vargas, María Román Vargas, Emma Román Vargas, Aida Román Vargas, Gladys Román Vargas, Jenny E. Fernández Román, y Teodora Román Vargas, Estado Libre Asociado de Puerto Rico, John Doe y Richard Roe Parte Peticionaria KLCE0500036 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Sobre: Expropiaciones Caso Número: KEF2002-0185

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Vivoni del Valle

R E S O L U C I Ó

N

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2005.

Las peticionarias, Manuela, María, Emma y Teodora, de apellidos Román Vargas y Jenny E. Fernández Román (en adelante, las peticionarias), nos solicitan que revoquemos la Resolución emitida el 14 de diciembre de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Mediante la misma, dicho foro ordenó a la parte con interés, aquí peticionaria, a enmendar su informe de valoración de una finca objeto de procedimiento de expropiación.

Por los fundamentos que expondremos, denegamos la expedición del auto solicitado.

I

El 6 de mayo de 2002, la Administración de Servicio y Desarrollo Agropecuario del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante, Administración) presentó ante el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI) legajo de adquisición forzosa para la adquisición en pleno dominio de una parcela de terreno de 6.5925 cuerdas, equivalentes a 25,911.096 metros cuadrados, localizada en el Barrio Bahomamey del término municipal de San Sebastián, Puerto Rico. La parcela consta inscrita en el Registro de la Propiedad al folio 147 del tomo 249 de San Sebastián, finca número 11,774.1 En la petición, se indicó que la propiedad se utilizaría para mejorar las facilidades y estacionamiento del Centro Agropecuario Barrio Bahomamey. De conformidad con las disposiciones legales aplicables, la Administración depositó en la Secretaría del TPI la suma de $540,000 como justo valor de la propiedad a favor de las personas con interés en el procedimiento, aquí peticionarias. La suma indicada correspondió al estimado que surgió del Informe de Valoración sometido a la Administración por el tasador Robert L. Bradley Pérez.2

Las peticionarias solicitaron el retiro de los fondos bajo protesta, al entender que la cantidad consignada no representaba el valor justo y real de la propiedad expropiada. Posteriormente, presentaron su informe de valoración. El mismo fue preparado por el tasador Iván R. Canino, quien atribuyó al sujeto expropiado un valor en el mercado...

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