Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2005, número de resolución KLRX20050051

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX20050051
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005

LEXTCA20051130-16 Sucn.Matillas Rivas v. Oliveras Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

SUCESIÓN ALFREDO MATILLA RIVAS COMPUESTA POR ALFREDO Y JOSE DIEGO MATILLA OLIVERAS Y LUZ MYRIAM TIRADO CRUZ
Recurridos
v.
EVELINA OLIVERAS RODRÍGUEZ
Peticionaria-Recurrente
KLRX20050051
MANDAMUS Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: KAC1999-0826

Panel integrado por su presidenta, la Juez Peñagarícano Soler, y los Jueces González Vargas y Sepúlveda Santiago.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2005.

Evelina Oliveras Rodríguez, (en adelante Sra. Oliveras o la Peticionaria) acude ante este Tribunal mediante Recurso de Mandamus. Nos solicita que ordenemos a la Hon. Rita L. Pruetzel González, Juez del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (en adelante, el TPI), que resuelva una Moción de Sentencia Sumaria presentada por la Peticionaria el 27 de junio de 2003.

Por los fundamentos que se exponen a continuación se desestima el presente recurso por academicidad.

I.

La Peticionaria, Sra. Oliveras, contrajo matrimonio con Alfredo Matilla Rivas (en adelante, Sr. Matilla), en San Juan, Puerto Rico, el 22 de abril de 1979, bajo el régimen de sociedad legal de gananciales. Posteriormente, el 6 de noviembre de 1998, se disolvió el vínculo matrimonial mediante Sentencia de Divorcio por Trato Cruel. La custodia de los hijos menores la mantuvo la Sra. Oliveras y la patria potestad compartida, habiéndose fijado la correspondiente pensión alimentaria.

El 11 de junio de 1999, el Sr. Matilla Rivas instó Demanda sobre División de Bienes Gananciales. Oportunamente, la Sra. Oliveras contestó la demanda de división de bienes gananciales. En el año 1999, el Sr. Matilla Rivas contrajo segundas nupcias con la Sra. Luz Miriam Tirado Torres, bajo el régimen de capitulaciones. Sin embargo, el 1 de marzo de 2004, el Sr. Matilla murió intestado, sin haberse culminado la división de bienes gananciales.

El día 29 de marzo de 2001, los herederos, Alfredo y Diego José Matilla Oliveras, presentaron escrito solicitando sustituir a su difunto padre en la demanda por división de bienes junto con la viuda, Luz Miriam Tirado Torres. El 11 de junio de 2001, el TPI dictó orden en la cual ordenó que los fondos, dineros o anualidades en posesión del Fondo de...

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