Sentencia de Tribunal Apelativo de 1 de Diciembre de 2005, número de resolución KLCE0501604
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0501604 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2005 |
MANUEL AUGUSTO COLÓN CABRERA, su esposa MELBA CORREA MIRANDA y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta por ambos | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Sobre: Daños y Perjuicios Caso Civil Núm. DPE2001-0782 (506) | |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Martínez Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de noviembre de 2005.
Luego de múltiples controversias y órdenes del tribunal con respecto a un primer pliego de interrogatorios cursados por la parte demandante-recurrida, Colón Cabrera, a los demandados-peticionarios Caribbean Petroleum Corporation (CPC) y el Sr. Eric Guzmán, estos últimos presentan una moción en auxilio de jurisdicción, unido a un recurso de certiorari, y solicitan que dejemos sin efecto ciertas órdenes dictadas por el Tribunal de Primera Instancia.
Una de las resoluciones recurridas, dictada el 7 de noviembre de 2005, notificada el 9 de noviembre del mismo año, ordena por cuarta vez a la codemandada-peticionaria, CPC, a contestar ciertas preguntas cuyas contestaciones había objetado la parte demandante-recurrida. Se dio para ello un término de diez días, so pena de sanciones. Se trata de siete preguntas, de un total de 140 que contiene el pliego de interrogatorios. Las demás preguntas ya han sido contestadas.
La otra resolución recurrida fue dictada por el tribunal el 18 de octubre de 2005 y notificada a las partes el 7 de noviembre pasado. Dicha resolución ordena al codemandado-peticionario, Eric Guzmán, también por cuarta vez, a contestar nueve preguntas cuyas contestaciones fueron objetadas por la parte demandante-recurrida en el término de diez días, so pena de que se eliminen sus alegaciones. Son nueve preguntas de un total de 138 que tenía el primer pliego de interrogatorio. El resto de las preguntas...
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