Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Diciembre de 2005, número de resolución KLAN0501326

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0501326
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Diciembre de 2005

LEXTCA20051208-04 Acosta Martínez v.

Pereira

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

HERMENEGILDO ACOSTA MARTÍNEZ Y OTROS Apelantes vs. MIGUEL PEREIRA (SUPERINTENDENTE DE LA POLICÍA) SECRETARIO DE JUSTICIA, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Apelados
KLAN0501326
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Civil Núm. IDP2002-0409 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova y los jueces Córdova Arone y Escribano Medina.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de diciembre de 2005.

El recurso de epígrafe se presentó ante el Tribunal de Primera Instancia el 28 de octubre de 2005. Hermenegildo Acosta y su hijo Gilberto Acosta recurren de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia sala de Mayagüez en virtud de la cual dicho foro desestimó la demanda presentada por estos contra el Estado Libre Asociado (E.L.A.). Con el beneficio de la posición del E.L.A. procedemos a resolver.

I.

El 14 de diciembre de 2002, los apelantes de epígrafe presentaron ante el foro recurrido una demanda contra el Superintendente de la Policía y el E.L.A. En la misma

reclamaron daños y perjuicios montantes a $350,000 alegadamente sufridos como consecuencia de un allanamiento llevado a cabo por la policía en la residencia del señor Hermenegildo Acosta. Se alega en la demanda que miembros de la policía fueron a la residencia de éste a diligenciar una orden de allanamiento expedida por un magistrado. Entienden que no había justificación para expedir la orden de allanamiento y que las 4 armas ocupadas estaban “registradas y licenciadas”. Se alegó que el operativo se hizo “con el único propósito de causarle perjuicio, y que salieran en la televisión y se propagara en la comunidad una imagen sobre estos” (anejo 1 de la apelación).

Luego de los trámites de rigor se celebró el juicio donde prestaron testimonio el señor Acosta Martínez y su hijo Gilberto Acosta además de los agentes que intervinieron en el allanamiento. Se admitieron en evidencia varios documentos, fotos y un video (anejo 5). De conformidad con la prueba testifical y documental sometida, el foro recurrido determinó que los siguientes hechos fueron probados:

Hermenegildo Acosta Martínez es mayor de edad, ayudante de agrónomo en la Compañía Rice Tech, casado con Zulma Avilés y residente del Sector El Tendal en Lajas, Puerto Rico. Ha residido en el sector antes mencionado durante toda su vida. Al lado de su residencia ubicaba la residencia de su hijo Gilberto Acosta Avilés.

El 4 de octubre de 2002, a eso de las 5:00 a.m. sintió un ruido en el portón de su residencia y escuchó voces diciendo “es la policía, abre”. Miró a través de la cortina y verificó que quienes lo llamaban eran miembros de la Policía de Puerto Rico. Al abrir la puerta, un agente de la Policía le indica que se estaban usando armas ilegales y que van a realizar un registro de la casa en busca de esas armas. Acosta Martínez les indicó que poseía armas legales y llevó a los agentes al gabinete donde guarda sus armas. Dicho gabinete está diseñado especialmente para guardar armas de fuego y tiene dos cerraduras con llave. Según Acosta Martínez, él siempre lleva las llaves consigo.

Al momento del allanamiento, se encontraban presentes dentro de la residencia Acosta Martínez, su esposa, su hijo Daniel y su hija. Los agentes ocuparon todas las armas que había dentro del gabinete, los cartuchos y las licencias de las armas. Arrestaron a Hermenegildo y lo transportaron a la Comandancia de la Policía de Mayagüez. Permaneció en la Comandancia hasta las 12:00 del mediodía, aproximadamente.

La Policía consultó el caso con el Fiscal Caraballo (de la Fiscalía de Mayagüez) y no se radicaron cargos criminales contra Acosta Martínez. El Fiscal ordenó seguir el caso por la vía administrativa.

Gilberto Acosta Avilés es mayor de edad, casado, vendedor en una tienda y vecino de Lajas, Puerto Rico. Testificó que el 4 de octubre de 2002, se efectuó un allanamiento en la casa de su padre y que su padre estaba...

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