Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2005, número de resolución KLAN200400766

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200400766
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2005

LEXTCA20051216-08 Pueblo de PR v. Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel IV

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. WILLIAM RIVERA Apelante
KLAN200400766
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan Crim. Núm.: KPD2003G1394 KLA2003G0520 KIC2003G0064 KDC2003G0039 KDC2003G0040 SOBRE: ART. 173(B) DEL CODIGO PENAL, ART. 5005 DE LA LEY DE ARMAS, ART. 95(C)) DEL CÓDIGO PENAL, ART. 137 DEL CÓDIGO PENAL, ART. 137 A DEL CÓDIGO PENAL

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez y los Jueces González Rivera y López Feliciano

López Feliciano, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 16 de diciembre de 2005.

El apelante William Rivera mediante el presente recurso de apelación nos solicita que revoquemos las sentencias dictadas el 15 de junio de 2004 por la Sala Superior de San Juan del Tribunal de Primera Instancia, en adelante T.P.I., en las siguientes causas criminales:

KDC-2003G0039, por infracción al Artículo 137 del Código Penal de Puerto Rico, 33 L.P.R.A. sec. 4178 (Secuestro). Sentencia de 24 años más 12 años por reincidencia;

KDC-2003G0040, por infracción al Artículo 137A del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4178(A)

(Secuestro Agravado). Sentencia de 60 años más 30 años por reincidencia;

KIC-2003G0064, por infracción al Artículo 95(2)(c) del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4032(2)(c) (Agresión Agravada). Sentencia de 3 años a 18 meses por reincidencia;

KLA-2003G0520, por infracción al Artículo 5.05 de la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 L.P.R.A. sec. 458d (Portación y Uso de Armas Blancas). Sentencia 3 años más 18 meses por reincidencia; y,

KPD-2003G1394, por infracción al Artículo 173B del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4279b (Robo de Vehículos de Motor). Sentencia de 18 años más 9 meses por reincidencia.

El apelante imputa al T.P.I. la comisión de los siguientes dos errores:

“Erró el Tribunal de Primera Instancia al no declarar ha lugar la moción solicitando la supresión de identificación.

“Erró el Tribunal de Primera Instancia al no considerar que se estableció duda razonable; conforme a la prueba de coartada presentada la cual no fue impugnada por el Ministerio Fiscal.”

Examinados los autos del caso, así como la transcripción de la prueba desfilada ante el T.P.I., procedemos a disponer del recurso.

I.

Los Incidentes Procesales Pertinentes y la Prueba

Luego de los trámites y etapas preliminares al juicio, el Ministerio Fiscal presentó en el T.P.I. contra el apelante las acusaciones anteriormente relacionadas.

Surge de los autos que el 20 de enero de 2004 el apelante solicitó del T.P.I.

la supresión de la evidencia relacionada con la identificación de que fue objeto durante la investigación policial del caso, a tenor con la Regla 234 de las de Procedimiento Criminal vigentes, 34 L.P.R.A. Ap. II, R.234, en relación con la Regla 252 de dicho ordenamiento procesal.1

Se consigna en la minuta correspondiente al 21 de enero de 2004, día en que comenzó el juicio, que el T.P.I. decidió resolver la moción sobre supresión de identificación conjuntamente con la vista del caso.

El juicio se celebró durante los días 21 y 23 de enero de 2004. Durante el mismo ambas partes presentaron evidencia documental y testifical. Veamos la prueba testifical desfilada.

-A-

Prueba de Cargo

El Ministerio Fiscal presentó como testigos de cargo a la Sra. Rosa Bautista García y al agente de la Policía Francisco Javier Luna Cruz.

(1)

La señora Bautista García declaró en el examen directo que el 28 de julio de 2003 como a las 2:00 de la tarde se encontraba en la Calle Arzuaga de Río Piedras haciendo ciertas diligencias. El vehículo de motor que conducía, “Windstar”, se quedó sin gasolina. Llamó por teléfono a su esposo, quien la pasó a recoger. Fueron a su residencia y buscaron un galón de gasolina, regresando al lugar en un vehículo “Ford Explorer”, acompañado de sus dos hijos menores.

Mientras su esposo le echaba gasolina a la “Windstar”, ella se quedó en la “Ford Explorer.” Sacó uno de los nenes y lo llevó a la “Windstar”

donde lo sentó en el asiento de niños. Regresó a la “Explorer” a buscar al otro niño. Mientras recogía algunos juegos del niño, se montó en el vehículo un individuo, acomodándose en el asiento del chofer. Lo describió como un hombre de tez blanca, ojos marrones, pelo corto ondulado, patillas largas, bigote, que vestía camiseta y pantalón crema; y que tenía ciertas marcas en los brazos, como arañazos.

El hombre le ordenó que cerrara la puerta del vehículo y que se estuviera tranquila.

Mientras le “tiraba con una sevillana... una cuchilla... color plateada y el mango verde... como de seis o siete pulgadas.” La amenazaba con la cuchilla a ella y al niño, a quien rozó con la cuchilla en el vientre y en el cuello. El hombre arrancó el vehículo, conduciéndolo con la mano izquierda y “tirándonos con la cuchilla.” En un momento dado le dijo “cállate y estate tranquila, si no te mato a tí y tu hijo.”

Luego de que el hombre condujera el vehículo hasta cerca de un colegio que ubica próximo a la Avenida 65 Infantería, ella empezó a gritar pidiendo ayuda.

Logró tirarse del vehículo con el niño. Un conductor que pasaba por el lugar los llevó al Cuartel de la Policía de Río Piedras.

El 4 de agosto siguiente la llamaron del Cuartel General de la Policía. Allí la entrevistó el agente Luna. Ha solicitud de éste describió al asaltante en los mismos términos anteriormente expuestos.

Utilizando una computadora, en el Cuartel General le enseñaron fotografías como de unas diez personas. En otro grupo de fotografías, como de nueve personas, pudo reconocer al hombre “que le quitó la guagua.” Ese día los agentes de la Policía no le dijeron nada más.

El 7 de agosto siguiente la llamaron nuevamente del Cuartel General. Luego de llegar allí, apareció el agente Luna, quien la llevó a “un cuartito de cristal.” Pudo observar en el lugar a cinco hombres vestidos de blanco, con unos números “en el pecho.” Bien rápido logró identificar al número “1”

como...

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