Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Diciembre de 2005, número de resolución KLCE0501734

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0501734
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2005

LEXTCA20051223-33 Sucn. Matilla Rivas v. Oliveras Rodríguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL V

SUCN. DE ALFREDO MATILLA RIVAS Compuesta por Alfredo, Diego José Matilla Oliveras y Luz Myriam Tirado Cruz Peticionarios V. EVELINA OLIVERAS RODRÍGUEZ Recurrida KLCE0501734 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Número: KAC1999-0826 (505)

Panel integrado por su Presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Morales Rodríguez

R E S O L U C I Ó

N

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de diciembre de 2005.

Los peticionarios, Alfredo y Diego José Matilla Oliveras, nos solicitan que revoquemos la denominada Sentencia Sumaria Parcial1 emitida el 8 de noviembre de 2005 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Mediante la misma, dicho Foro determinó que la recurrida Evelina Oliveras Rodríguez era la beneficiaria primaria del plan de retiro de su finado

ex-exposo Alfredo Matilla Rivas; y ordenó la liberación de fondos consignados por dicho concepto y la entrega de éstos y de anualidades futuras a su favor. Los peticionarios solicitaron además, que en auxilio de jurisdicción se ordenara la paralización de la ejecución del dictamen recurrido.

Por los fundamentos que se expresan a continuación, acogido el recurso como certiorari, se deniega el auto solicitado y se declara no ha lugar la moción en auxilio de jurisdicción.

I

Conforme surge de autos, el finado Alfredo Matilla Rivas (en adelante Sr.

Matilla Rivas) y la recurrida, señora Evelina Oliveras Rodríguez (en adelante, Sra. Oliveras), estuvieron casados desde el 22 de abril de 1979, fecha en que contrajeron matrimonio en Río Piedras, Puerto Rico, hasta el 22 de enero de 1999, cuando se decretó la disolución de dicho matrimonio mediante sentencia de divorcio emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan.2 Durante el ya disuelto matrimonio, los entonces esposos procrearon dos hijos, aquí peticionarios, Alfredo y Diego José

Matilla Oliveras.

El 13 de junio de 1999 el Sr. Matilla Rivas presentó demanda de división de bienes gananciales. Trabada la controversia, y luego de varios incidentes procesales que no es necesario aquí pormenorizar, el TPI designó al Dr. Antonio J. González como Contador Partidor.

Con la información documental que le sometieron las partes y sus abogados, además de la información obtenida en las reuniones sostenidas con éstos, el Contador Partidor preparó el Cuaderno Particional y el 6 de marzo de 2001 lo sometió al TPI.

Cinco días antes, el 1 de marzo de 2001, el señor Matilla Rivas había fallecido dejando como únicos y universales herederos a sus dos hijos y viuda, aquí peticionarios.

Hecha la sustitución de la parte demandante en la demanda de división de bienes gananciales, los aquí peticionarios solicitaron al TPI que ordenara el depósito en dicho Tribunal de los pagos del plan de retiro con la Teachers Insurance and Annuity Association of America y College Retirement Equities Fund (en adelante, TIAA-CREF), que recibía el Sr. Matilla Rivas previo a su muerte.3 Alegaron los peticionarios como fundamento para su solicitud, que antes de su muerte el Sr. Matilla Rivas había hecho gestiones con TIAA-CREF para sustituir a la beneficiaria y para determinar la proporción que le correspondería a la Sra. Oliveras como resultado de la división de bienes gananciales. Adujeron, que conforme a dichas gestiones, de él morir ellos (sus hijos) serían los beneficiarios. El 11 de junio de 2001 el TPI emitió orden a esos efectos.4 Posteriormente, el 7 de diciembre de 2001, el TPI emitió orden complementaria debido a que TIAA-CREF no estaba consignando los fondos y se los estaba enviando a la Sra. Oliveras.

Luego de varias incidencias y vistas, la Sra. Oliveras objetó el informe del Contador Partidor, entre cuyos asuntos se atendía la distribución de los beneficios de la referida pensión. A solicitud del TPI las partes sometieron memorandos de Derecho en apoyo a sus posiciones respecto a la titularidad de las...

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